23 feb 2025 , 12:27

Beneficios de la Ley de Alivio Financiero: una guía para los deudores en coactiva

La Ley de Alivio Financiero tiene dos meses de vigencia y queda menos tiempo para acogerse a sus beneficios. Aquí te contamos cómo puedes hacerlo.

   

El pasado 9 de diciembre del 2024 entró en vigencia la Ley de Alivio Financiero, propuesta por el Gobierno y modificada por el Legislativo ante los problemas económicos generados por la última temporada de apagones que tuvo Ecuador.

Desde su publicación en el Registro Oficial, esta norma ofrece varios beneficios para quienes se encuentran desempleados o estén en coactiva con bancos y otros tipos de instituciones.

Sin embargo, estas facultades solo están disponibles por un periodo determinado, de las cuales algunas están a punto de caducar.

Le puede interesar: Ecuador busca atraer más de USD 6 500 millones en inversión para electricidad y minería hasta 2030

Uno de ellos es el acceso inmediato a la prestación del seguro de desempleo del IESS, vigente para quienes hayan sido cesados de su trabajo hasta este mes de febrero del 2025. Estos son sus requisitos:

  • 1. Acreditar 24 aportaciones acumuladas y no simultáneas en relación de dependencia, de las cuales al menos seis deberán ser continuas e inmediatamente anteriores a la contingencia;
  • 2. Encontrarse en situación de desempleo por un período no menor a 10 días
  • 3. Realizar la solicitud para el pago de la prestación a partir del día 10 de encontrarse desempleado, y hasta en un plazo máximo de 90 días posteriores al plazo establecido
  • Los pagos del seguro de desempleo se efectuarán automáticamente y sin más trámites, de forma mensual, en un tiempo máximo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente de presentada la solicitud.

    Además, la persona natural que tenga cualquier tipo de obligación con el IESS, incluso en calidad de representante legal de una persona jurídica, podrá solicitar hasta el 28 de febrero de 2025, el cruce de sus obligaciones con el saldo de su cuenta individual de Fondos de Reserva. Esto es posible si no se encuentren comprometidos como garantía de préstamos quirografarios en el BIESS.

    Cómo afrontar la coactiva de créditos educativos

    Varias personas que tienen que pagar un crédito de educación superior entraron en coactiva entre octubre y noviembre, los meses más críticos de los apagones, ante la imposibilidad de pagar la cuota correspondiente.

    Si te encuentras en esta situación, puedes acudir a la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Senescyt) para solicitar una suspensión al procedimiento administrativo de cobro. Esto está disponible hasta el mes de mayo.

    En esa solicitud debes ingresar tu nombre completo, tu cédula, y tu número de contrato de crédito educativo, y actualizar tus datos en un portal web. La dirección zonal de la Senescyt se toma un máximo de siete días hábiles para verificar la información y dar la resolución faborable.

    Ello posibilitará que se remita el 100 % del interés y recargos generados por las obligaciones de crédito educativo que hayan vencido o por convenios de pago.

    Lea también: La Superintendencia de Bancos alerta sobre nuevas financieras ilegales, pero sin acciones claras para su control

    Para eso debe ocurrir lo siguiente: los beneficiarios de este régimen gozarán de 12 meses de gracia para el pago de sus obligaciones. Cumplido una vez este periodo, tendrán 150 días para pagar al menos el 10 % del capital adeudado y así suscribir un nuevo convenio de facilidades de pago. Este nuevo convenio tiene como base el resto de la deuda original.

    Aquí te adjuntamos el formato de la solicitud de suspensión del procedimiento administrativo.

    Con la resolución favorable, deberás acercarte a tu institución bancaria para el levantamiento de medidas cautelares y poder usar tu cuenta de nuevo. El trámite toma un promedio de siete días para efectuarse.

    Programas de diferimiento extraordinario

    Por disposición de la Ley de Alivio Financiero, las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y popular y solidario establecieron programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras.

    La Junta de Política y Regulación Financiero estableció que las entidades financieras considerarán, caso por caso, refinanciar o reestructurar las operaciones de crédito que presenten saldos vencidos entre el 10 de agosto de 2023 y el 31 de diciembre de 2024.

    Si bien se emitió esta resolución en noviembre, con la Ley, la ciudadanía se puede acoger a este mecanismo en una ocasión adicional.

    Revise: ⁠Décimo cuarto sueldo: ¿cuánto es y cuándo se cobra el bono escolar en Ecuador?

    Hasta el 30 de junio de 2025, los contribuyentes que realicen el pago total o parcial de obligaciones en municipios, se remitirá el 100 % de los intereses, multas, recargos, costas y todos los accesorios derivados de los tributos.

    Lo mismo ocurre con la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y el Servicio Público para Accidentes de Tránsito (SPPAT), pero solo pagando el 30 % de las obligaciones adquiridas.

    Noticias
    Recomendadas