La Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana
Se lo hizo con 88 votos en el Pleno de la Asamblea Nacional, este 22 de octubre de 2025. La ley también exige certificados de antecedentes penales y registro migratorio para la obtención o renovación de visas.
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La votación en el Pleno del Órgano Legislativo. ( )
La tarde de este miércoles 22 de octubre de 2025, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó, en segundo debate, el proyecto de Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Ocurrió con 88 votos afirmativos durante la sesión 49. Entre las disposiciones aprobadas está la deportación expedita en casos de riesgo grave, con resolución motivada y control judicial, así como la ampliación del período de prohibición de reingreso hasta por 40 años para quienes representen amenazas a la seguridad nacional.
La ley también exige certificados de antecedentes penales y registro migratorio para la obtención o renovación de visas, y crea la visa de tránsito o transeúnte para evitar el uso del Ecuador como país de paso irregular. "Estas medidas buscan garantizar una migración ordenada sin criminalizar a los migrantes", se informó en la Legislatura.
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Otras figuras
Se incorpora la posibilidad de revocar el estatus de refugiado si el beneficiario representa un riesgo real para la seguridad pública o incurre en delitos graves, respetando siempre el principio de no devolución y el debido proceso. La reforma promueve la descentralización de la calificación de retornados, la simplificación de los trámites de repatriación de cadáveres y la institucionalización de la migración circular como modalidad laboral segura y ordenada.
Previo a su publicación en el Registro Oficial, el proyecto de Ley aprobado será remitido al Ejecutivo para su respectiva sanción u objeción.
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