27 nov 2023 , 18:26

La Constitución no prevé enjuiciar políticamente a un expresidente

La sanción para Lasso sería la censura y destitución, pero él ya dejó el poder el pasado 23 de noviembre de 2023

El Pleno de la Asamblea Nacional retomará el juicio político en contra del expresidente, Guillermo Lasso, el miércoles 29 de noviembre. Se trata de un proceso que fue propuesto por los asambleístas Viviana Veloz (RC), Pedro Zapata (PSC), Mireya Pazmiño (Pachakutik) y Rodrigo Fajardo (ID) por presuntos delitos de concusión y peculado, vinculados a supuestos actos de corrupción en el sector público.

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Tal como lo dispone la Constitución, el juicio político contó con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y pasó al Pleno de la Asamblea. Allí estuvo en trámite hasta el 17 de mayo del 2023, día en el que Lasso decretó la muerte cruzada y disolvió el Legislativo.

Con la salida de Lasso del poder se daba por finalizado el proceso, tal como ocurrió con Jorge Glas cuando dejó de ser vicepresidente en el 2018. Así lo sostuvo el exministro de Inclusión Económica y Social, Esteban Bernal. ¿Qué dice la Constitución?

La Constitución no prevé juicios políticos a exmandatarios

Desde la posesión de la nueva Asamblea, el tema se retomó primero en la Comisión de Fiscalización, donde su presidenta, Pamela Aguirre, explicó que no tenía competencias. Ahora se tratará en el Pleno, tras la convocatoria de su presidente, Henry Kronfle.

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Mario Cuvi, ex viceministro de Gobierno, explicó que el artículo 129 de la Constitución determina que "al presidente y vicepresidente solo se los puede enjuiciar políticamente en ejercicio de sus funciones". Por eso, el proceso contra el expresidente Lasso debe ser archivado.

Por otro lado, la legisladora del correísmo, Sofía Espín, indicó que "la muerte cruzada lo que hace es suspender los plazos y por eso el proceso tiene que continuar". Recordó que el debate no concluyó y que, aunque no haya una censura política, sí habrá una "sanción moral". Y dijo que toda la información que se recabó sobre el caso León de Troya y el Caso Encuentro deberá ser remitido a Fiscalía.

Pamela Aguirre, por su parte, recordó que una de las interpelantes, Viviana Veloz, forma parte de la actual Asamblea. Por eso, retomará los argumentos del proceso y se continuará el debate.

La Ley, sin embargo, no determina lo que ocurriría con el enjuiciamiento político tras la disolución del Legislativo. Únicamente establece como pena la censura y destitución, para lo que se requiere el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. La sanción no procedería, pues Guillermo Lasso dejó el poder el pasado 23 de noviembre.

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La penalidad que sí se aplicaría se señala en el mismo artículo 129, que determina que "si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente".

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