05 oct 2022 , 15:39

Quito: ¿en qué casos un carro sin placas puede ser presentado a la revisión técnica vehicular?

Conozca los pasos que debe seguir para ese trámite en la capital

Para la Revisión Técnica Vehicular (RTV), los propietarios de los autos deben cumplir varios requisitos. Uno es portar las placas de identificación. No obstante, existen casos especiales en los cuales los automotores pueden ser presentados a ese trámite sin distintivos.

Para hacerlo, los propietarios deben mostrar una autorización. Primero deben dirigirse a https://www.amt.gob.ec y hacer 'click' en la pestaña ‘servicios’. Luego seleccionar la opción ‘trámites’ y elegir ‘formularios y solicitudes’. Finalmente descargar la ‘Autorización RTV sin placas’.

El documento, con todos los datos del automotor, debe ser presentado en las ventanillas del Centro de RTV, seleccionado en la cita. El procedimiento está habilitado solo en los siguientes casos:

Menaje de casa, discapacidad o importación directa

- Copia simple de la consulta del Registro Aduanero de Matriculación Vehicular, emitida por el sistema ECUAPASS del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae).

- Detalle de la declaración aduanera.

- Detalle de la liquidación de la Senae.

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Cambio de servicio (público o comercial a particular)

- Copia de la deshabilitación del servicio público, documento entregado por la Agencia Nacional de Tránsito (ANT).

- Copia simple de la matrícula vehicular.

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Cambio de servicio (particular a público o comercial)

- Copia simple de la especie de la matrícula vehicular.

- Copia del permiso de operación de la compañía proporcionado por la ANT.

- Resolución de incremento de cupo o cambio de unidad otorgado por la ANT.

- RUC de la compañía.

Automotores adquiridos por: sorteo, rifas, donaciones y adjudicación:

- Acta de sorteo, rifa o adjudicación.

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Cambio de servicio (de estatal a particular por remate):

- Acta de remate o adjudicación. Aplica en vehículos que son rematados por entidades públicas.

Cambio de servicio (de particular a estatal):

- Decreto Ejecutivo, Acuerdo Ministerial, Resolución, o documento que acredite la creación, fusión, modificación de la institución estatal.

- Acta entrega- recepción del bien en donde conste el automotor.

Cambio de servicio (de diplomático a particular y viceversa):

- Autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

En caso de clonados, gemelos, recuperados:

- Copia del oficio mediante el cual la autoridad competente solicita la matriculación vehicular con la asignación de una nueva placa.

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