28 mar 2023 , 23:10

La muerte cruzada, una medida latente durante el Gobierno de Lasso que se reaviva ante juicio político

La muerte cruzada o disolución de la Asamblea por parte del Presidente vuelve a la discusión, en medio del juicio político contra Lasso.

El futuro del presidente Guillermo Lasso está en medio de una encrucijada. La Corte Constitucional tiene en sus manos pronunciarse sobre el pedido de juicio político en contra del Primer Mandatario, impulsado desde la Asamblea; pero si la decisión no es favorable para el Presidente, le queda un 'as bajo la manga': la muerte cruzada.

Esa posibilidad ha estado latente durante los 22 meses que Lasso gobierna y en todas las ocasiones se ha manejado como una amenaza ante bloqueos en la Asamblea.

Muerte cruzada ha sido siempre una opción para el Ejecutivo

Uno de los primeros enfrentamientos entre la Asamblea y el Presidente fue en septiembre de 2021, cuando presentó la proforma presupuestaria para lo que quedaba de ese año y no tuvo el respaldo en el Pleno.

En esa ocasión, Lasso tenía más del 70% de aprobación y la planteó como una posibilidad, pero aún convencido de que era viable estrechar puentes con ese poder del Estado.

Un punto de quiebre fue cuando el Jefe de Estado presentó una megaley, llamada 'Creación de Oportunidades'. El CAL resolvió devolver el documento y que sea presentado por partes.

Ante ese escenario, el presidente Lasso hizo las declaraciones más contundentes en una reunión con la prensa, indicando que si el bloqueo sigue no habrá otra opción.

Para marzo de 2022, la salida de Alexandra Vela del Ministerio de Gobierno mostró la división de criterios al interior del Gabinete. Por un lado, ella impulsaba la firma del Decreto, mientras que el Mandatario optó por decir que gobernará bajo decretos y reglamentos.

Más tarde, para junio de 2022, el paro nacional marcó el punto más álgido de la crisis que ha enfrentado Lasso. En medio de una conmoción social, la Asamblea buscó su destitución, por lo que la probabilidad de que él se adelante fue parte de los titulares de ese entonces.

Ecuavisa.com identificó al menos nueve momentos en los que se ha traído a colación la posibilidad de poner en marcha la disolución del Legislativo.

¿Qué es la muerte cruzada?

Esa facultad consta en la Constitución, específicamente en el artículo 148: "La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional".

Para ello, deben plantearse alguno de estos tres escenarios: si la Asamblea se hubiera arrogado funciones que no le competen, para lo que necesitan un dictamen favorable de la Corte Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo; o por grave crisis política y conmoción interna.

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