23 mar 2023 , 13:26

Los asambleístas analizan escenarios ante una posible muerte cruzada

No acatar una posible muerte cruzada si la Decreta el Presidente se encuentra entre las opciones de varias organizaciones en el legislativo.

La posibilidad de una muerte cruzada se analiza en la Asamblea en el marco del pedido de juicio político al Presidente de la República. En el ala de Izquierda Democrática que apoya el proceso anticipan su posición en el caso de que el Jefe de Estado emita ese decreto.

"Con algunos legisladores no se reconocerá la muerte cruzada; aquí el presidente lanzaría la muerte cruzada como una arremetida al juicio político que se lo sigue en su contra", así lo dijo Yeseña Guamaní, asambleísta de la ID.

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El artículo 148 de la Constitución señala que el Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional si a su juicio esta se "hubiere arrogado funciones que no le competen constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, o si de forma reiterada o injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, por grave crisis política y conmoción interna".

Es decir, ¿el no acatarla iría contra la carta magna?

"No se trata de no acatar la ley, lo que pasa es que él no la puede aplicar; porque todo eso de lo que está amenazando lo hubiera hecho hace mucho tiempo, porque no lo hizo, porque no tiene causales para disolver la Asamblea", así lo indicó Luis Almeida, asambleísta del Partido Social Cristiano.

Pachakutik es más cauto, ellos dicen que analizarán su postura de acatar o no una muerte cruzada el momento que eso suceda. Pero rechazan que llegue a darse en medio de un juicio político.

Darwin Pereira dijo que: "sería un fraude a la Constitución de la República, porque la muerte cruzada no está para cuando se sigue un juicio político, la muerte cruzada está para otros fines".

En el otro lado, esta UNES, el bloque de mayoría, confirman que si se da la muerte cruzada, sus cargos están a disposición.

La Constitución permite en ese caso que el Presidente de la República gobierne mediante decreto sin Asamblea mientras se realizan elecciones, no hay antecedente en el país de este tipo de procesos.

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