31 ene 2024 , 20:01

Corte Constitucional declaró vulneración de derechos en caso que se terminó una licencia de maternidad por el fallecimiento del bebé

La Corte Constitucional sentó un precedente sobre el derecho a la licencia por maternidad, tras caso en el que el Consejo de la Judicatura ordenara que una jueza regrese a trabajar antes porque su hijo falleció a los 14 días de nacido.

La Corte Constitucional sentó un precedente sobre el derecho a la licencia por maternidad.

Por unanimidad, los nueve magistrados fallaron a favor de Lilian Enríquez, una jueza que en 2018 tuvo un hijo por cesárea, que falleció a los 14 días de nacido.

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Su empleador, el Consejo de la Judicatura, consideró que por ese hecho, ella perdía la licencia de 12 semanas con sueldo que establece la ley, y la obligó a volver al trabajo.

la jueza tuvo un cuadro de depresión y requirió atención sicológica. La Corte determinó que la entidad violó los derechos a la protección especial de la mujer en período de maternidad y a contar con el tiempo y facilidades para su recuperación.

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Según los magistrados, los estereotipos de género quedaron en evidencian en este caso porque los funcionarios obviaron la necesidad de recuperación de la mujer y asumieron que el único fin de la licencia es el cuidado del recién nacido.

El Consejo de la Judicatura debe indemnizar a Lilian Enríquez con USD 3 000 y ofrecer disculpas públicas. La sentencia se debe publicar y difundir en el organismo y también entre jueces, abogados, personal de recursos humanos, el Ministerio de Trabajo, la Procuraduría y la Defensoría del Pueblo, para que el hecho no se repita.

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