17 may 2023 , 09:19

Muerte cruzada en Ecuador: reforma tributaria es el primer decreto ley de Guillermo Lasso tras disolución de la Asamblea

Reforma tributaria es el primer decreto ley de Guillermo Lasso tras aplicar la ‘muerte cruzada’.

   

Guillermo Lasso, presidente de la República, dio a conocer su primer decreto de ley firmado, luego de activar la muerte cruzada este miércoles 17 de mayo del 2023.

"He firmado el primer decreto ley de urgencia económica para reducir impuestos, fortalecer la economía de 460.000 familias ecuatorianas y que significará que cerca de $200 millones regresen a sus hogares", informó el mandatario en un mensaje al país, en medio de la disolución de la Asamblea Nacional.

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Sobre el documento, la Ley de Régimen Tributario Interno, tiene la intención de cambiar el bosquejo de rebajas al pago del impuesto a la renta que ahora será mayor, mientras más cargas familiares tenga el contribuyente y modifica la tabla.

Por otro lado, se crea el impuesto único del 15% a los operadores de pronósticos deportivos y elimina la exoneración del impuesto al valor agregado del 12% que tenían los espectáculos públicos.

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Cabe recordar que ante la integración de la muerte cruzada, el gobierno podrá expirar decretos de ley sin el bloqueo de la saliente Asamblea.

El Decreto 742 sobre impuestos, deberá pasar por la Corte Constitucional para su pronunciamiento y tras eso, entrará en vigor.

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De esta forma, quedan tres fórmulas para fijar el monto máximo de la rebaja de este impuesto al que solo las personas naturales, tienen derecho de aplicarla según sus gastos:

Personas naturales sin cargas familiares

Personas naturales sin cargas familiares. La rebaja será por gastos personales al equivalente al 18% del menor valor entre gastos.

Personas naturales con cargas familiares

La rebaja será por gastos equivalentes al 18% del menor valor entre gastos personales y de la canasta familiar básica multiplicado por la cantidad de canastas que corresponda, dependiendo exclusivamente de las cargas familiares.

Personas naturales con o a cargo de personas con enfermedades catastróficas

La rebaja será al equivalente al 18% del menor valor entre gastos personales y el valor de la canasta familiar básica, mutiplicado por veinte.

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