22 abr 2022 , 18:07

Traslado de Junior Roldán ya no será a un hospital, sino a su casa, en El Triunfo

Juez aceptó el argumento de que la vida del cabecilla de Los Choneros corre peligro fuera de la cárcel, por eso lo manda a su casa, con vigilancia policial

El número dos de 'Los Choneros', Junior Roldán, alias 'JR', prefería quedarse en la Penitenciaría del Litoral antes que ir a un hospital, como dictaminó inicialmente un juez, que ahora dispone que se vaya a su casa, en el cantón El Triunfo de la provincia del Guayas.

La Unidad de Garantías Penitenciarias de la Corte de Guayas dispuso la tarde de este viernes, 22 de abril, el nuevo destino adonde Roldán deberá ser traslado.

Será en su casa y no en el hospital Guayaquil donde este cabecilla de 'Los Choneros' recibirá atención médica, según la disposición del mismo juez que hace pocos días aceptó de forma parcial un recursos de habeas corpus presentando por un tercero en favor de 'JR'.

De acuerdo con la notificación judicial, Junior se negó a ser internado en esa casa de salud alegando que su vida corría peligro y aseguró que prefería quedarse en la cárcel Regional de Guayaquil, donde cumple dos sentencias de 22 años por asesinato.

Presidenta de la Corte de Justicia del Guayas pide declarar en emergencia a la Función Judicial

La resolución judicial indica que Roldán tendrá resguardo policial y solo podrá cumplirá arresto domiciliario en su casa en El Triunfo, pues el lugar "se encuentra adecuado con equipos médicos altamente tecnológicos, que incluso existen en el policlínico del centro de privación de libertad donde cumple su pena”.

Según los argumentos presentados en la audiencia de habeas corpus, Roldán sufre de hipertensión arterial, diabetes mellitus, esteatosis hepática grado 3 y cirrosis hepática.

El juez ha prohibido que Roldán salga del país y ha ordenado el uso de grillete electrónico para que sea monitoreado por el Sistema de Seguridad ECU-911.

Corte de Justicia del Guayas considera "indignante" el abuso del habeas corpus, con el que saldrá de prisión "JR"

La sentencia, que es de cumplimiento obligatorio, advierte que “la no existencia en stock de dicho dispositivo no será impedimento para el traslado de Roldán, aunque sí es responsabilidad del SNAI colocarlo a la brevedad posible”.

Según el juez, el traslado de Roldán tiene un caracter provisional, aunque no especifica plazos y asegura que su decisión no afecta la situación jurídica del sentenciado.


Noticias
Recomendadas