Noboa declara estado de excepción en siete provincias, Quito, Camilo Ponce Enríquez y las cárceles
El estado de excepción también faculta a la fuerza pública a "desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas a la seguridad ciudadana". Sin embargo, el decreto aclara que esto no limita el derecho a manifestarse pacíficamente.
- Controles militares en Manta en el contexto de estado de excepción.( )
El presidente Daniel Noboa decretó estado de excepción focalizado durante 60 días en siete provincias, dos cantones y todos los recintos carcelarios del país por "grave conmoción interna" argumentando un "incremento de índices de violencia, cometimiento de delitos e intensidad de la perpetración de ilícitos por grupos armados organizados".
Noboa suscribió el decreto 599 este 12 de abril para dar paso al estado de excepción. Ocurre un día antes de las elecciones de segunda vuelta electoral.
Las siete provincias que tendrán estado de excepción son Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro y Sucumbíos. Mientras que los dos cantones son Quito (Pichincha) y Camilo Ponce Enríquez (Azuay).
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Toque de queda en cantones de cinco provincias
Este estado de excepción sí incluye toque de queda de 22:00 a 05:00, pero solo para determinados cantones de Azuay, Guayas, Los Ríos, Orellana y Sucumbíos:
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Personas exentas del toque de queda
Quienes circulen fuera de ese horario serán detenidos. Se exceptúan de la regla las personas que se detalla a continuación. No obstante, deberán acreditarlo documentadamente. La Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y/o los agentes de control de tránsito están facultados para exigir la documentación que acredite encontrarse en una actividad exceptuada.
Otras medidas del estado de excepción
Con este estado de excepción se aplica para las siete provincias, los dos cantones y todas las cárceles del país, se suspende el derecho a la inviolabilidad del domicilio. Es decir, la fuerza pública podrá ingresar a las casas para realizar allanamientos y requisas, siempre y cuando considere que ahí se oculten delincuentes, armas o drogas.
Se suspende el derecho a la inviolabilidad de correspondencia en las cárceles. Mensajes, cartas físicas o electrónicas dirigidas a los presos podrán ser revisadas.
Se suspende el derecho a la libertad de reunión. La fuerza pública podrá "desarticular reuniones en espacios públicos donde se identifiquen posibles amenazas a la seguridad ciudadana e integral y al orden constituido".
Sin embargo, el decreto aclara que esto no limita el derecho a manifestarse pacíficamente, ni la libertad de asociación.
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Corte Constitucional y el llamado de atención a Noboa
La Corte Constitucional ha llamado la atención al presidente Noboa por sus constantes declaratorias de estado de excepción, aunque en aquellas utilizaba la figura de conflicto armado interno para justificarlas.
La Corte le exigió que cree una comisión interinstitucional que coordine acciones contra la violencia y el crimen organizado. Pero el Gobierno respondió que crear esa comisión es ilegal e insistió en que los magistrados no tienen competencia para fiscalizar un estado de excepción.
El nuevo estado de excepción declarado este 12 de abril también pasará por la lupa de la Corte Constitucional.
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