18 may 2023 , 16:15

Muerte cruzada en Ecuador: ¿el presidente Lasso presentará el informe a la nación el próximo 24 de mayo?

Abogados constitucionalistas analizan lo que debería hacer el presidente de la República, Guillermo Lasso, el próximo 24 de mayo cuando tenga que dar su rendición de cuentas al país

El informe a la nación, en el Hemiciclo del Pleno de la Asamblea Nacional, es uno de los eventos más importantes del 24 de mayo cuando se conmemora la Batalla de Pichincha. En esa fecha, una larga alfombra roja recibe a las autoridades de las funciones del Estado y parlamentarios que llegan al Palacio Legislativo.

Decenas de arreglos florales adornan el estrado para recibir al presidente de la República. Militares y policías arman una calle de honor para recibirlo y su mensaje se transmite, a escala nacional, para que la gente conozca su gestión en un año de funciones.

Se trata de una tradición del Ecuador en sus 193 años de vida republicana, pero ahora salta una pregunta entre los ecuatorianos tras la suscripción del Decreto Ejecutivo número 741, con el que Guillermo Lasso disolvió la Legislatura y gobernará por decreto por los próximos seis meses, conforme lo señala el artículo 148 de la Constitución.

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Los asambleístas siguieron de cerca el informe a la nación del año pasado.
Los asambleístas siguieron de cerca el informe a la nación del año pasado. ( )

¿Habrá informe a la nación el 24 de mayo de 2023? Faltan seis días para esa fecha y el Gobierno no se ha pronunciado sobre el tema. Para el constitucionalista Byron Palma, el hecho de que no haya Órgano Legislativo, en la actualidad, no exonera al presidente Guillermo Lasso de su obligación, pues el artículo 147, numeral 7 de la Constitución, señala que debe hacerlo:

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Son atribuciones del presidente de la República: presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el Gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente.

"No se suspende la obligación, sino que no existe la entidad en donde debe hacerlo. Mi interpretación es que, el próximo 24 de mayo, el presidente tiene que rendir un informe al pueblo aunque sea en cadena nacional u otros medios tecnológicos o digitales. No existe ninguna entidad que reemplace a la Asamblea Nacional, ni siquiera el Consejo de Participación y Control Social", expresó el profesional a Ecuavisa.com.

El constitucionalista Ángel Portilla señala lo mismo y añade que Lasso debe suscribir un Decreto Ejecutivo en el que anuncie que va a dar su reporte anual través de diferentes canales o vías de comunicación. "Gobernará mediante con decretos con fuerza de ley y así debe informar a la ciudadanía".

El jurista Luis Miguel Egas asegura que el Primer Mandatario sí puede dar su informe porque el artículo 1 de la Constitución señala que la soberanía radica en el pueblo, cuya voluntad es el fundamento de autoridad y se ejerce mediante los órganos del poder público. "Es simplemente un representante del pueblo ecuatoriano. Por lo tanto, al dar un informe ante la gente estaría suplida claramente esta obligación".

Considera que esa es una alternativa porque en la ley no existe otra opción para hacerlo luego de que se disuelva la Legislatura.

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