30 nov 2023 , 06:05

Juicio político a Guillermo Lasso abre un debate jurídico y político: ¿cabe la censura?

La Asamblea Nacional dio paso al debate por el juicio político a Guillermo Lasso, que quedó inconcluso en el periodo anterior.

Guillermo Lasso ya no es el Presidente de Ecuador, sin embargo, en la Asamblea Nacional se debate el juicio político en su contra que, normalmente, terminaría con una moción de censura y destitución.

Se trata del trámite que se inició el periodo anterior, impulsado por el correísmo, el Partido Social Cristiano y parte de Pachakutik y la Izquierda Democrática, por un supuesto caso de peculado en Flopec, Empresa Pública Flota Petrolera Ecuatoriana.

El trámite se inició el 16 de mayo y se suspendió un día después, por la firma del decreto de muerte cruzada, con el que Lasso disolvió la Asamblea Nacional.

Seis meses después, vuelve a ser motivo de agenda en el Legislativo, aunque hay una discusión jurídica alrededor de los alcances que tienen los asambleístas para actuar.

El debate se retomó este 29 de noviembre de 2023, sin embargo, tras 14 intervenciones, se suspendió la sesión y se retomará este jueves 30, a las 10:30.

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La Constitución no contempla la censura y destitución de un expresidente

En la Constitución está claro el trámite de juicio político para funcionarios como Ministros, Fiscal o Contralor, incluso cuando dejan el poder; asimismo, específica los pasos a seguir para enjuiciar a un Presidente o Vicepresidente; pero sobre exmandatarios no se especifica cómo proceder.

¿Sabías que?
El artículo 129 de la Constitución establece que la Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros.

Algunos legisladores, como Pedro Velasco (Actuemos) o Ana Galarza (Construye), recuerdan que, siguiendo ese criterio, no se dio paso al juicio político contra el exvicepresidente Jorge Glas, el pasado 7 de enero de 2018, cuando la Comisión de Fiscalización, presidida por María José Carrión, sostuvo que no procede el enjuiciamiento porque ya había dejado sus funciones.

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No obstante, este caso tiene la peculiaridad de que inició el periodo anterior, es decir, comenzó cuando Lasso sí estaba en el cargo. Ese fue el argumento del correísmo para defender la continuación del debate.

No se puede destituir a quien ya no ejerce funciones

En la Constitución se establece la resolución de censura y destitución del Primer Mandatario, pero no solo la censura, lo que sí consta en otros casos para prohibir a los exfuncionarios participar en cargos públicos durante dos años.

Al ya haber dejado el cargo, no hay manera de destituir a Lasso. Es decir, los asambleístas no pueden impedir que se candidatize en 2025.

Por otro lado, la abogada constitucionalista Pamela Aguirre Castro dice que no sería procedente dejar el proceso sin un desenlace. Si la nueva Asamblea recibe un trámite a medias, debe abordarlo y darle alguna salida.

A criterio de la experta y del abogado constitucionalista Emilio Suárez, la única alternativa que tiene el Legislativo es el archivo del juicio político. Cualquier otra resolución iría en contra de la Constitución y la ley.

Varios asambleístas plantearon esa alternativa en el debate. Algunos, como Galarza o Rafael Dávila, plantean la posibilidad de acordar una resolución en la que quede claro los reparos que tienen hacia el gobierno de Guillermo Lasso, además de remitir la información a la Fiscalía, para la investigación correspondiente.

¿Qué rol tiene la Corte Constitucional?

Lasso, al enterarse de que la Asamblea intentaba censurarlo, solicitó a la Corte Constitucional (CC) que inicie la fase de seguimiento del dictamen 1-23-DJ-23, que dio paso al juicio político en su contra.

En el documento pide a los magistrados que se pronuncien respecto a si hubo un incumplimiento de la sentencia, por parte de la asambleísta Viviana Veloz, y los exasambleístas Esteba Torres, Mireya Pazmiño, Virgilio Saquicela. Lo mismo contra Kronfle, por haber convocado al Pleno para dar continuidad al debate.

Para Aguirre, la Corte Constitucional podría pronunciarse con base en la resolución que determine la Asamblea, no solo por la convocatoria a la sesión. Sin embargo, ve complejo que la Corte pueda actuar porque recuerda que hay un mecanismo de inmunidad parlamentaria que complicaría aún más el debate.

El constitucionalista Suárez, en cambio, considera que el dictamen de seguimiento se concentraría en verificar si la censura y destitución fue por la causal autorizada para seguir el juicio político. Es decir, si se aprueban causales diferentes a las que dio paso la Corte, sí podrían intervenir sancionando a todos los asambleístas que voten a favor.

En la Asamblea nadie defiende a Lasso

Si bien hay posturas diferentes sobre cómo actuar jurídicamente, hay un consenso general de rechazo al gobierno saliente. Las intervenciones registradas hasta ayer, dan cuenta de reproches hacia Lasso por la crisis de inseguridad, energética y económica, además de la corrupción de la que se le acusa.

Desde el correísmo, naturales opositores al expresidente; pasando por el Partido Social Cristiano, quienes todavía tienen sed de venganza; hasta Construye, que en teoría tendrían similitudes ideológicas, si pudieran censurarle lo harían con una amplia mayoría.

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