16 ago 2023 , 12:40

Elecciones Ecuador 2023: ¿Qué es el silencio electoral y cuándo empieza?

El silencio electoral representa el fin de la campaña electoral de los candidatos y sus organizaciones políticas.

A las 00:00 del viernes, 18 de agosto, comienza el silencio electoral. Se trata del fin de la campaña de los candidatos y las organizaciones políticas para que los ecuatorianos puedan meditar su voto en las elecciones anticipadas del domingo, 20 de agosto de 2023.

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En este proceso se elegirá presidente, vicepresidente y asambleístas, y se decidirá sobre la extracción petrolera en el Yasuní (nacional), además de la actividad minera en el Chocó Andino (solo en Quito).

Desde el 13 de julio, los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia del Ecuador arrancaron oficialmente su campaña electoral. La promoción de las consultas populares por el Yasuní y el Chocó Andino comenzó 16 días más tarde, el 29 de julio, mientras que la de asambleístas empezó el 8 de agosto, según el cronograma del Consejo Nacional Electoral.

Sanciones por incumplir el silencio electoral

Durante el silencio electoral, que va desde las 00:00 del viernes 18, hasta las 17:00 del 20 de agosto de 2023, los candidatos y sus movimientos o partidos no podrán realizar mitines, concentraciones o cualquier evento de carácter electoral. Tampoco pueden difundir publicidad de sus campañas, emitir opiniones o imágenes en medios de comunicación que puedan inducir a los ciudadanos sobre el voto.

Así lo determina el Código de la Democracia en su artículo 207:

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"Cuarenta y ocho horas antes del día de los comicios y hasta las 17h00 del día del sufragio, queda prohibida la difusión de cualquier tipo de información dispuesta por las instituciones públicas, así como la difusión de publicidad electoral, opiniones o imágenes, en todo tipo de medios de comunicación y medios digitales, que induzcan a los electores sobre una posición o preferencia electoral así como la realización de mítines, concentraciones o cualquier otro acto o programa de carácter electoral".

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El incumplimiento de estas disposiciones constituirá una infracción electoral que será sancionada de conformidad con la Ley, agrega la normativa. En ella se determina una multa equivalente al 50% de una remuneración mensual básica unificada, es decir USD 225, a quien:

  • Haga propaganda dentro del recinto electoral en el día de los comicios.
  • Haga propaganda electoral en los días en que dicha propaganda se encuentra prohibida por la ley.
  • En el caso de que la promoción continúe en radios, medios impresos, web o televisión, el CNE dispondrá a los medios de comunicación suspender de manera inmediata la difusión de la publicidad, sin perjuicio de la sanción que imponga el Tribunal Contencioso Electoral.

    El Código aclara que no estará sujeta a esta prohibición la difusión de información en caso de grave conmoción interna, catástrofes naturales u otras situaciones excepcionales autorizadas por esta Ley.

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    Las delegaciones provinciales también tienen que retirar, hasta el día de la elección, la propaganda electoral que está alrededor de los recintos, al menos hasta 100 metros de distancia. Para esto serán apoyados por los Municipios.

    Propaganda en redes sociales

    En la normativa no se menciona a las redes sociales o servicios de mensajería como parte de una campaña electoral.

    Actualmente, no existen reglamentos o normas que regulen las campañas en redes sociales. Esto impide controlar el silencio electoral en ellas, por lo que si los candidatos deciden continuar su promoción en redes sociales no tendrán sanción.

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