04 ago 2025 , 21:08

Estos son los artículos que suspendió la Corte Constitucional de tres leyes impulsadas por el Gobierno

Los jueces además, suspendieron ocho artículos del reglamento para aplicar la Ley de Inteligencia. Es una decisión momentánea que estará vigente hasta que las demandas lleguen al Pleno para una sentencia definitiva.

   

Dos tribunales de admisión de la Corte Constitucional (CC), suspendieron provisionalmente 17 artículos de las leyes de Solidaridad, Inteligencia e Integridad Pública, impulsadas por el presidente Daniel Noboa y su bancada legislativa.

Los jueces además, suspendieron ocho artículos del reglamento para aplicar la Ley de Inteligencia. Es una decisión momentánea que estará vigente hasta que las demandas lleguen al Pleno para una sentencia definitiva.

Entre los artículos suspendidos, por ejemplo, está todo el capítulo de la Ley de Inteligencia que obligaba a personas naturales y empresas a entregar información al Gobierno Nacional, entre ellas las compañías telefónicas.

En la Ley de Solidaridad, quedan suspendidas las definiciones de conflicto armado interno, grupos armados organizados, el indulto presidencial diferido y el concepto de bienes que son objetivos militares.

Sobre la Ley de Integridad Pública, solo fue suspendida la disposición transitoria que obligaba a la Junta de Política y Regulación Financiera a definir cuáles cooperativas debían convertirse en bancos.

La decisión fue tomada este lunes por el Primer Tribunal de Admisión, conformado por los magistrados Alí Lozada, Alejandra Cárdenas y el nuevo juez Raúl Llasag y el segundo por José Luis Terán, Jorge Benavides y Jhoel Escudero.

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Ley Orgánica de Inteligencia

En lo que respecta al caso número 86-25-IN sobre la Ley Orgánica de Inteligencia, la Sala aceptó las medidas cautelares solicitadas respecto de los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55.

En el artículo 5 de esta norma, se establecen definiciones como amenazas, anticipación, ciberespacio, ciberinteligencia, contrainteligencia, disuasión, enlace, inteligencia, inteligencia estratégica, vulnerabilidades, entre otras.

Otro artículo polémico fue el 51 que aborda los requerimientos de información a las operadoras de servicios de telecomunicaciones. los operadores de servicios de telecomunicaciones estarán obligados a proporcionar a la entidad rectora del Sistema Nacional de Inteligencia, al subsistema de inteligencia militar y al subsistema de inteligencia policial, previa solicitud debidamente justificada

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Ley de Solidaridad Nacional

Se dispuso la suspensión provisional de los artículos 6, 9, 13 y 14 de la Ley Orgánica de Solidaridad Nacional. El artículo 6 trata sobre el conflicto armado interno.

  • Artículo 9.- Definición de Grupos Armados Organizados.- Se entenderá por grupo armado organizado a toda agrupación estructurada de tres o más personas con una estructura de poder organizada que ejerce violencia prolongada en contra del Estado, la población y bienes civiles.
  • Artículo 13.- Bienes que se presumen como objetivos militares.- Para efectos del planeamiento y ejecución de operaciones de las fuerzas del orden, en sujeción a los principios reconocidos por el Derecho Internacional Humanitario y por esta Ley, se presumirán como objetivos militares, y por tanto las fuerzas del orden están autorizadas para aplicar directa y legítimamente la fuerza.
  • Artículo 14.- Indulto presidencial con efecto diferido en el marco del conflicto armado interno.- En el contexto del conflicto armado interno reconocido mediante Decreto Ejecutivo conforme lo establecido en esta Ley, el Presidente de la República podrá indultar con efecto diferido, por razones humanitarias o de interés público excepcional, a personas procesadas penalmente por hechos relacionados directamente con dicho conflicto. Este indulto podrá ser otorgado dentro de la fase de investigación previa o en cualquier etapa procesal posterior previo a la sentencia.
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