02 feb 2019 , 05:48

Eximirán a venezolanos de pasado judicial en 4 casos

Cancillería reveló las exoneraciones que se suman a la protección de niños y adolescentes.

La Cancillería y el Ministerio del Interior suscribieron el viernes 1 de febrero de 2019 un Acuerdo Ministerial (002) con exoneraciones del pasado judicial para los migrantes venezolanos en cuatro casos.

La medida, que se hizo pública este sábado 2 de febrero, contempla que “no será exigible el certificado de antecedentes penales previsto en el Acuerdo Interministerial 001 del 21 de enero de 2019, emitido por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y el Ministerio del Interior” para casos extraordinarios:

1. Mantener vínculos familiares hasta el segundo grado de consanguinidad (como hijos o nietos) o de afinidad (esposos, suegros, cuñados, sobrinos, etc) con ecuatorianos que residan en el país.

2. Poseer una visa de residencia en Ecuador válida y vigente.

3. Ciudadanos venezolanos de cualquier edad que utilicen el territorio nacional como ruta de tránsito y acrediten poseer una visa o permiso migratorio del país de destino.

4. Casos excepcionales determinados por la autoridad de control migratorio competente, o a pedido del ente rector de la Movilidad Humana en el país.

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De acuerdo con el documento expedido por la Cancillería, “el documento entra en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial”.

La medida trasciende una semana después de que las autoridades iniciaran con la exigencia del pasado judicial apostillado a los ciudadanos venezolanos que ingresen a Ecuador.

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