04 oct 2022 , 15:58

¿Cómo denunciar maltrato animal en Quito?

Desde el 1 de octubre, la Unidad de Bienestar Animal (UBA) será la única entidad que atenderá las denuncias en materia de fauna urbana

Desde el 1 de octubre de 2022, la Unidad de Bienestar Animal (UBA) del Municipio de Quito será la única entidad que atenderá las denuncias en materia de fauna urbana. Anteriormente, esta actividad se desempeñaba con la Agencia Metropolitana de Control (AMC).

De acuerdo al artículo 3283 del Código Municipal actualizado en la Ordenanza Metropolitana número 037-2022, una de las atribuciones de la UBA es “receptar y atender las denuncias ciudadanas, orden jerárquica superior o actuar de oficio frente a situaciones de maltrato animal, mordeduras y tenencia irresponsable y demás infracciones”.

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¿Cómo presentar las denuncias

Se deberá ingresar a la página web del Municipio de Quito www.quito.gob.ec y llenar el formulario de denuncias digital. o directamente al siguiente link https://bit.ly/3fuwNgW para las denuncias.

Antes de completar el formulario es importante presentar la siguiente información:

- Sector, barrio, dirección, nomenclatura.

- Teléfono y mail de contacto.

- Evidencia: fotos o videos.

- Narración de los hechos

Una vez que la UBA reciba las denuncias, se priorizará el nivel de urgencia para realizar la inspección. En el caso de constatar incumplimiento de la normativa legal vigente, esa entidad realizará el informe de actuación previa y posteriormente la Agencia Metropolitana de Control ejecutará los procedimientos.

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¿Qué se considera maltrato?

De acuerdo al artículo 3270 del Código Municipal, el maltrato animal es el acto de causar daño físico, psicológico o emocional contra cualquier animal, ya sea por acción directa, omisión o por negligencia humana sin importar la intencionalidad del abusador.

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Prioridades para atender casos de maltrato animal

Ejemplos de maltrato y mala tenencia de animales de compañía.

Prioridad 1

- Maltrato evidente con prueba material (videos).

-Abandono notorio (video).

- Atropellamiento.

- Criar o entrenar animales para que participen en peleas.

- Encadenar animales como método habitual.

- Provocar la muerte por procedimientos de eutanasia que no cumplan los parámetros legales, entre otros.

Prioridad 2

- No mantener a los animales dentro de los predios privados.

- Causar molestias a los vecinos por ruidos o malos olores.

- No buscar la atención veterinaria preventiva y curativa.

- Dejar a los animales solos en los vehículos estacionados.

- Tener un número de animales de compañía que le impida cumplir con el bienestar animal, entre otros.

Prioridad 3

- Permitir que deambulen sin collar, traílla ni identificación.

- No recoger los excrementos.

- No cumplir con sus vacunas y desparasitaciones.

- Incumplir las normas de uso en las zonas caninas públicas, entre otros.

Sanciones

- Leves: 127,50 dólares.

- Graves: 425 dólares.

- Muy graves: 4 250 dólares.

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