28 may 2025 , 10:13

El Ministerio de Trabajo fijó un nuevo plazo máximo para el pago de las liquidaciones a extrabajadores

Ivonne Núñez, ministra de Trabajo, modificó un acuerdo emitido en el gobierno de Guillermo Lasso sobre las obligaciones del empleador. Con ello, redujo el plazo para registrar las actas de finiquito.

   

Las empresas de Ecuador tienen un nuevo plazo máximo para cumplir con el pago de las liquidaciones a sus extrabajadores, tras un nuevo acuerdo emitido por Ivonne Núñez, ministra del Trabajo.

El documento modifica algunas de las normas expedidas durante el gobierno de Guillermo Lasso sobre las obligaciones del empleador. Su contenido está vigente desde el 15 de mayo pasado, cuando se publicó en el Registro Oficial.

Ahora, los empleadores tendrán 15 días para registrar las actas de finiquito, a partir de la jornada en el que la relación laboral fue terminada. Antes este periodo era de 30 días.

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Esta acta deberá subirse a la plataforma del Ministerio de Trabajo junto con el comprobante de pago en un formato PDF, para que se genere un código para validar ese documento.

Además, fue detallado que el empleador tendrá el plazo de 15 días para ubicar y pagar de manera directa al extrabajador. Sin embargo, si el ex empleado no acude a cobrar su liquidación o se niegue a recibirla, el empleador deberá proceder a consignar estos valores en línea.

Esta consignación se realizará en un plazo máximo de 15 días, que empieza cuando vence el periodo anteriormente señalado. Es decir, el empleador podrá pagar la liquidación en máximo 30 días.

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Si se llega a la instancia de la consignación en línea, el empleador debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Previo al pago el empleador deberá generar el acta de finiquito a través del sistema informático del ente rector del trabajo designado para el efecto.
  • El empleador aceptará de manera virtual que toda la información proporcionada es de responsabilidad absoluta del mismo, siendo la misma veraz.
  • Una vez generada el acta de finiquito, debe seleccionar la opción de consignación y cargar los documentos que garantice el cumplimiento de las obligaciones patronales, como son roles de pago de los últimos tres meses; y, justificativos de descuentos en caso de haberlos.
  • El inspector de trabajo designado, revisará el acta de finiquito juntamente con la documentación de soporte.
  • De cumplir con toda la documentación pertinente, el inspector de trabajo habilitará la orden para realizar el pago correspondiente a través de los medios de pago habilitados para el efecto.
  • Una vez realizado el pago, el empleador deberá cargar el comprobante de pago y el acta de finiquito debidamente suscrita por empleador en la plataforma que el Ministerio rector del Trabajo designe para el efecto, a fin de concluir con el proceso de legalización.
  • Los documentos del acta de finiquito t comprobante de pago deverán ser guardados en los archivos físicos y digitales del empleador, quien será custodio y responsable de la misma de manera fija.

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