17 mar 2023 , 14:56

Impuesto a la Renta: ¿quién debe pagar, cómo reducir y hasta qué fecha?

El Impuesto a la Renta se pagará hasta finales de marzo de 2023.

El Impuesto a la Renta es un tributo que pagan las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades nacionales o extranjeras, sobre sus ganancias.

En 2023, la fracción básica para personas naturales que deben pagar este haber es aquellas que ganan desde $11.722 al año.

El cálculo depende si los ingresos grabados superan la fracción básica. Si un contribuyente presenta sus gastos personales se le rebajará el valor del impuesto ya sea del 10 o el 20%.

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¿De qué depende la reducción del Impuesto a la Renta?

En 2023, luego de la reforma propuesta por el gobierno de Lasso, ya no se pueden deducir los gastos personales, pero sí hay manera de aplicar una rebaja al impuesto.

Para ello, se deben presentar gastos máximos de $5.344,08, que se distribuirán en: vivienda, salud, alimentación, vestimenta, turismo y educación.

El anexo de gastos personales debe presentar obligatoriamente al Servicio de Rentras Internas, así logre devengar todo el monto del impuesto.

Para ello debe contar con usuario y clave del SRI, hacerlo en línea en la opción: anexos.

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¿Qué se puede declarar por rubro?

  • En gastos de vivienda se pueden devengar intereses por préstamos hipotecarios, gastos por compra, construcción, remodelación, ampliación, mejor o mantenimiento de una vivienda, pago de arriendo, servicios básicos, pago de alícuotas.
  • En educación se incluye matrícula, pensión, derechos de grado, útiles escolares, uniformes, transporte escolar, equipos de computación, materiales didácticos, intereses de crédito educativo.
  • Los gastos por alimentación incluye comida preparada, alimentos para cocinar, bebidas o pensiones alimenticias.
  • La vestimenta incluye ropa y zapatos.
  • Por salud con gastos para el bienestar físico y mental, honorarios médicos y profesionales, servicios de hospitales y laboratorios, medicina prepagada, medicamentos, lentes y prótesis.
  • En turismo cuentan los gastos a establecimientos registrados en el territorio nacional.
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