22 ene 2024 , 10:56

Las consecuencias que el fútbol ecuatoriano podría sufrir tras el llamado de Conmebol por caso BSC, El Nacional y Cumbayá

La Conmebol envío una carta a la Federación Ecuatoriana de Fútbol para pedirle una explicación del problema de la dirigencia de varios clubes, pero ¿cómo puede ser sancionado los equipos del país.?.

La Confederación Sudamericana de Fútbol (Conmebol) le dio a saber a la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) que están en conocimiento de posibles incumplimientos a las leyes que rigen en el fútbol, algo que podría afectar a esos mismos clubes.

Posteriormente, la FEF le comunicó al Ministerio del Deporte que los problemas que les mencionó la Conmebol puede significar consecuencias y sanciones para el fútbol ecuatoriano.

Uno de los equipos involucrados en la problemática es Barcelona SC, pues el Ministerio del Deporte rechazó la inscripción de su directiva liderada por Antonio Álvarez, pero luego fueron a la justicia ordinaria para tratar de conseguirla por medio de una acción de protección.

No obstante, todo apunta que la Conmebol está siguiendo de cerca el caso, y parece que podría aplicar algunas sanciones, pero ¿es posible que suceda?.

¿Barcelona SC, El Nacional y Cumbayá puede ser sancionado por la Conmebol por los problemas de la inscripción de su dirigencia?

La abogada especializada en derecho deportivo, Mariela Díaz, apunta que por el momento, Barcelona SC, El Nacional y Cumbayá no cumple ninguna de las causales que pueden permitir la expulsión de un equipo asociado de la Conmebol.

Pues menciona que el artículo 13, señala que

  • a. La inobservancia, incumplimiento o no adecuación de la reglamentación de la Asociación Miembro a los Estatutos, reglamentos y normativa de la CONMEBOL y de la FIFA.
  • b. Cualquier violación de las obligaciones y de los principios recogidas en el Art. 10° de este Estatuto, incluso si la injerencia de un tercero no puede imputarse a la asociación afiliada en cuestión.
  • c. El incumplimiento de las obligaciones contenidas en el Art. 25, num. 4, de este Estatuto.
  • d. La no participación o el retiro sin causas Justificadas, a juicio del Consejo, de torneos organizados y declarados obligatorios por la CONMEBOL.
  • e. Recurrir a los Tribunales Ordinarios, a no ser que la reglamentación de la FIFA o las disposiciones vinculantes de la ley prevean o prescriban expresamente el sometimiento a Tribunales Ordinarios.
  • Y los clubes ecuatorianos no cumplen ninguna de esas causales, por lo que no deberían ser sancionados.

    Por ende, concluyó que por el momento solamente se han realizado pedidos de información a la FEF y a la Cartera del Estado. Cuando la información sea entregada, la Conmebol deberá decidir si iniciará o no un procedimiento disciplinario.

    A lo que agregó que en caso de hacerlo, se deberá juzgar si los clubes afiliados, están incursos en las causas establecidas en el artículo 13.

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