Hay 21 territorios del país que tienen restricción de movilidad entre las 22:00 y las 05:0.
- En Ecuador, el toque de queda se sanciona hasta con tres años de cárcel. ( )
En 21 jurisdicciones del país —20 cantones y una parroquia rural— sigue vigente un toque de queda nocturno, según el último decreto presidencial emitido en el marco del estado de excepción.
El jefe de Estado, Daniel Noboa, renovó el pasado 10 de junio, por 30 días más, el estado de excepción en respuesta a la grave conmoción interna provocada por la escalada de violencia e inseguridad en siete provincias del país y en el Distrito Metropolitano de Quito. Como parte de esta medida, se mantiene la restricción de movilidad entre las 22:00 y las 05:00 en zonas específicas.
Lea también: Daniel Noboa renueva el estado de excepción por 30 días y mantiene en suspensión tres derechos
Los territorios con toque de queda son los siguientes:
En Guayas: Durán, Balao y la parroquia Tenguel (de Guayaquil)
En Orellana: La Joya de los Sachas, Loreto y Francisco de Orellana
En Sucumbíos: Shushufindi y Lago Agrio
En Los Ríos: los 13 cantones que conforman la provincia
En Ecuador, el incumplimiento del toque de queda se sanciona con base en el artículo 282 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Ese texto sanciona hasta con tres años de prisión el delito de incumplimiento de decisiones legítimas de autoridad competente.
En el decreto del 10 de junio pasado, Noboa anota que la Ley de Seguridad Pública y del Estado define al estado de excepción como la respuesta a graves amenazas de origen natural o antrópico que afectan a la seguridad pública y del Estado, determinando que es un régimen de legalidad y, por lo tanto, no se podrán cometer arbitrariedades a pretexto de su declaración.

El pasado 5 de marzo, la Corte Constitucional (CC) ordenó la creación de una comisión -a lo que no ha respondido el Ejecutivo- compuesta por diferentes instituciones estatales para evitar que se perpetúe el estado de excepción decretado contra el crimen organizado, medida que Noboa ha mantenido por más de un año en varias zonas.
El tribunal advirtió de la necesidad de encontrar la fórmula para enfrentar a las bandas criminales dentro del ordenamiento jurídico ordinario sin recurrir al estado de excepción.
Ecuador, que atraviesa una crisis de inseguridad, está bajo la declaratoria hecha por Noboa el 9 de enero de 2024 de conflicto armado interno contra el crimen organizado, vinculado con el narcotráfico.
Ese día, Noboa declaró a las bandas criminales como grupos terroristas y actores beligerantes no estatales para facilitar que las fuerzas estatales las neutralicen.
En repetidas ocasiones, la CC había señalado que la declaración de conflicto armado interno esgrimida por Noboa no era suficiente razón para declarar el estado de excepción contra el crimen organizado y que esta debía estar fundamentada en hechos comprobables.
Revise además: Estos son los 20 cantones y parroquias que tendrán toque de queda hasta diciembre del 2024, según decreto de Daniel Noboa
Por ello, el máximo tribunal de garantías en Ecuador había declarado inconstitucionales algunos estados de excepción y otros los había suavizado ya que, en la mayoría de los casos, implicaban la suspensión de derechos fundamentales como la inviolabilidad del domicilio, inviolabilidad de la correspondencia, libertad de reunión e incluso en ocasiones libertad de tránsito con toques de queda nocturnos.
Pese a los estados de excepción, continúan los hechos violentos en el país y este martes fueron asesinadas, en menos de una hora, siete personas (cinco en los exteriores de un mercado) en la provincia del Guayas, una de las más afectadas por la violencia en el país.
Recomendadas