30 oct 2025 , 11:17

Miriam Castro, alcaldesa de La Troncal, fue removida de su cargo

Miriam Castro fue electa bajo el manto de la Revolución Ciudadana y dos concejales que llegaron al poder por esa contienda votaron por su remoción. Fue acusada de supuestos incumplimientos.

   

La alcaldesa Miriam Castro, de La Troncal, fue removida de su cargo por el voto de cinco de siete concejales que tiene el cantón de la provincia de Cañar. Llegó al poder bajo el manto de la Revolución Ciudadana.

La decisión fue tomada en una sesión extraordinaria que se extendió por seis horas, incluyendo recesos, el miércoles 29 de octubre. Dos de los ediles que apoyaron la salida del Castro también fueron electos por el correísmo, por lo que han sido criticados por figuras de ese movimiento político.

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La resolución se basó en un informe que señalaba que Castro no habría convocado las sesiones de Concejo Municipal con 72 horas de antelación, que no habría hecho la transferencia de recursos a otras instituciones y que no habría sesionado en territorio al menos una vez al mes.

La causal de su salida fue el numeral c del artículo 333 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD): "Incumplimiento legal y debidamente comprobado de las disposiciones contenidas en este Código, de las ordenanzas o de las resoluciones adoptadas por los órganos normativos de los gobiernos autónomos descentralizados, sin causa justificada".

Castro respondió que las acusaciones en su contra no han hecho referencia a un acto de corrupción y que ha sido víctima de una persecución por enemistarse con concejales al no permitir actos que habrían hecho daño al cantón, según ella.

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"Antes de la presentación de la denuncia para la remoción, se pretendía que a mi despacho llegue la aprobación de un fraccionamiento en el Cerro Huaquillas, un lugar que es como un pulmón para nosotros en La Troncal", sostuvo.

El COOTAD describe que, en estos casos, la autoridad removida tiene tres días para consultar sobre el cumplimiento de formalidades y procedimiento, al Pleno del Tribunal Contencioso Electoral, que emitirá su pronunciamiento en 10 días.

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