El informe sobre la objeción al proyecto de Ley de Cuidados Paliativos, listo para ser debatido en el Pleno
El documento fue aprobado por la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte con ocho votos
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La reunión de la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte de la Asamblea Nacional.( )
La Comisión del Derecho a la Salud y Deporte de la Asamblea Nacional aprobó, con ocho votos, el informe no vinculante sobre la Objeción Parcial por Inconstitucionalidad y Objeción Parcial por Inconveniencia al proyecto de Ley Orgánica de Cuidados Paliativos. Se lo hizo con base en los parámetros desarrollados por la Corte Constitucional (CC) en su dictamen número 5-24-OP/24 y de conformidad con lo que establece la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).
Desde el Ejecutivo se hicieron siete observaciones por inconstitucionalidad a los artículos 1, 2 numeral 5, 15, 19, 21, disposición transitoria tercera y quinta y 14. También las modificaciones por inconveniencia a los artículos: 2, 3, 5, 6, 7, 8, 10.1, 10.2, 14, 15, 16, 20 y 21.
En la Comisión se concluyó que, al declararse procedente la objeción presidencial respecto del inciso 2 del artículo 19 del proyecto de ley, se recomienda su eliminación. La razón: se inobservó el principio de no intervención de los fondos provenientes de las instituciones de la seguridad social conforme los artículos 368, 370 y 372 de la Carta Magna.
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El proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado para cobrar las obligaciones económicas de las Glosas fue tratado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado de la Asamblea Nacional. 👉 https://t.co/vB5bpdjQWZ pic.twitter.com/hvML4cEhq8
— Ecuavisa Noticias (@EcuavisaInforma) February 20, 2025
De las 14 objeciones parciales por inconveniencia, la comisión recomendó al Pleno el allanamiento a 12 relacionadas a los artículos 2, 3, 5, 6, 8, 10.1, 10.2, 12, 14, 15, 16 y 20, que en su mayoría son de forma y refieren al ámbito, definiciones, principios, derechos de las personas que requieren cuidados paliativos, capacitación, formación, establecimientos de salud públicos y privados, complementariedad, promoción y difusión.
Sugirió ratificarse a los artículos 7 y 21 objetados por inconveniencia referente a las modalidades y el apoyo financiero para estudios.
El presente informe será remitido a la presidencia de la Asamblea Nacional, a fin de que sea distribuido a las y los asambleístas y continúe el respectivo trámite parlamentario de acuerdo con la Constitución y la LOFL. El proyecto de Ley consta de 21 artículos, 2 disposiciones generales, seis transitorias, una derogatoria y una final.
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