Asamblea: la Comisión de la Salud prepara informe con modificaciones sobre proyecto de ley de cuidados paliativos
Lo dispuso el presidente de la comisión, Jorge Guevara. La idea es que los cambios se adecúen a las consideraciones realizadas en el dictamen de la Corte Constitucional.
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Las afueras del edificio del Parlamento en Quito. ( )
En la Comisión del Derecho a la Salud y Deporte de la Asamblea Nacional se avocó conocimiento el dictamen número 5-24-OP/24, correspondiente al 19 diciembre de 2024. Este fue emitido dentro de la Acción de Objeción Presidencial por parte de la Corte Constitucional (CC), cuyo resumen indica que se acepta parcialmente la objeción presidencial del proyecto de Ley Orgánica de Cuidados Paliativos.
En ese contexto, la CC declaró improcedente la objeción de inconstitucionalidad sobre los artículos 1, 3, 21 y 19, incisos 1 y 3 y de la disposición transitoria tercera del proyecto de ley.
Declaró procedente la objeción respecto del inciso 2 del artículo 19 del proyecto de ley. La razón: se inobservó el principio de no intervención de los fondos provenientes de las instituciones de la seguridad social, conforme los artículos 368, 370 y 372 de la Carta Magna.
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— Ecuavisa Noticias (@EcuavisaInforma) February 12, 2025
También declaró procedente la objeción presidencial de inconstitucionalidad en el inciso dos del artículo 19 del proyecto de Ley, que para efecto de la construcción del informe se deberá hacer las enmiendas necesarias del texto propuesto y aprobado por el Pleno del Parlamento.
La CC no hace referencia al artículo 18 y a la disposición transitoria quinta por la argumentación constante. Establece que resulta inviable por la insuficiencia y la falta de precisión en los argumentos presentados por la Presidencia en sus objeciones, por lo que la Corte señala que el ejercicio del control constitucional de objeciones presidenciales debe realizarse sobre la base de criterios de seriedad, certeza, especificidad y pertinencia de los cargos planteados.
El presidente de la comisión, Jorge Guevara, dispuso elaborar el documento con las modificaciones necesarias al proyecto de ley, adecuándose a las consideraciones realizadas en el presente dictamen, para que pase a consideración del Pleno.
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