05 jun 2020 , 01:37

Conceden prelibertad al cabecilla de la banda 'Los Choneros'

Deberá presentarse semanalmente en la cárcel El Rodeo, en la provincia de Manabí.

Este viernes 5 de junio, fue concedido el pedido de prelibertad a José Luis Zambrano, alias Rasquiña, el cabellida de la banda ‘Los Choneros’. Su abogado confirmó la noticia e indicó que obtuvo régimen semi abierto luego de estar 6 años aproximadamente en prisión. Deberá presentarse semanalmente en la cárcel El Rodeo, en la provincia de Manabí, además tiene prohibido el consumo de bebidas alcohólicas y sustancias sujetas a fiscalización.

Zambrano fue detenido en 2011, acusado de un crimen en Manta. La Corte Provincial de Manabí lo sentenció a 20 años como coautor, pero un juez de Guayaquil, de menor categoría, bajo el principio de favorabilidad dispuso que Zambrano fue cómplice de asesinato, disminuyendo así la pena de 20 a 8 años de prisión.

 

La solicitud de prelibertad fue presentada por su abogado Harrison Salcedo tras cumplir el 95% de la sentencia y aceptada por la Jueza Alzira Benitez Telles. Hasta el momento se espera la emisión de la boleta de excarcelación.

 

Según los registros de la Policía Nacional, el cabecilla de ‘Los Choneros’ acumula 35 procesos, la mayoría por asesinatos, delincuencia organizada y narcotráfico.

 

Estaba detenido en la cárcel Regional de Guayaquil donde se fugó, pero fue recapturado 11 meses despúes, además se lo vincula con el ingreso de una falsa ambulancia a esta prisión a inicios de 2019.

 

Sin embargo, el año pasado tras la ola de crímenes dentro de este centro que incluye la decapitación de alias ‘El cubano’, fue trasladado a la cárcel de Latacunga, donde actualmente permanece.

 

El régimen semiabierto

 

El artículo 698 del Código Integral Penal (COIP) explica que el juez dispondrá el uso del dispositivo de vigilancia electrónica para el beneficiado, se realizarán actividades de inserción familiar, laboral, social y comunitaria y solo se benefician quienes cumplan por lo menos con el 60% de la pena impuesta.

 

"En el caso de incumplimiento injustificado de los mecanismos de control por parte del beneficiario de este régimen, sin causa de justificación suficiente y probada, la o el juez de Garantías Penitenciarias revocará el beneficio y declarará a la persona privada de libertad, en condición de prófuga", señala el COIP.

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