17 sep 2019 , 07:42

Asamblea le dice 'no' al aborto por violación

El Pleno del Legislativo votó sobre las reformas al Código Integral Penal (COIP).

Cerca de las 18:10 de este martes 17 de septiembre, se reinstaló la sesión número 611 de la Asamblea Nacional, donde los legisladores decidieron no aprobar el aborto por violación, autorizar el uso del cannabis para fines medicinales y permitir que se difunda la identidad de las personas que comentan delitos y sean aprehendidos en flagrancia. 

Estos temas eran algunos de los más polémicos que fueron sometidos a la votación de los asambleístas en el marco de las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP). 

Respecto al aborto, se requerían 70 votos para reformar el artículo 150 del actual Código Orgánico Integral Penal (COIP); sin embargo, la propuesta alcanzó 65. Es decir no se despenaliza el aborto en casos de violación, incesto, estupro o inseminación no consentida. 

Actualmente, en Ecuador solo se permite el aborto si una mujer violada tiene alguna dicapacidad mental o si está en peligro de perder su vida.

Si una mujer consiente el aborto y no se identifica con ninguno de los dos casos anteriormemte señalados, enfrenta una pena privativa de libertad desde seis meses hasta dos años, de acuerdo al artículo 149 del mismo y actual COIP.    

En los exteriores del edificio legislativo, grupos a favor y en contra de la despenalización del aborto se manifestaron desde horas de la tarde. 

Revise quiénes votaron a favor y en contra de la despenalización del aborto en el documento adjunto al final de esta nota. 

-Legalización del cannabis para uso medicinal-

Con 83 votos a favor, el Legislativo aprobó el uso del cannabis para fines terapéuticos y medicinales. Es decir se acepta el uso, comercialización, producción, distribución y consumo del cannabis.

En esta decisión, 23 legisladores estuvieron en contra y hubo 23 abstenciones. 

-Difusión de la identidad de detenidos en flagrancia-

El Parlamento ecuatoriano decidió además que se permita la difusión en medios de comunicación de aquellos delincuentes que sean capturados en delito flagrate.

 

Con los votos de 97 asambleístas se aprobó esta moción, es decir ya no será necesario ocultarles el rostro, tal como lo determina la actual normativa, que permite la identificación del sujeto solo después de que exista una sentencia.  

 

Ahora, el texto de las reformas al COIP deberá ir al Ejecutivo. De considerarlo necesario, el presidente de la República, Lenín Moreno, realizará observaciones. De no tener ninguna, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial. 

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