20 jul 2023 , 14:02

SRI: estos son los requisitos para que un evento sea considerado artístico y no deba gravar IVA

Los eventos que no cumplan estos requisitos no podrán ser considerados eventos artísticos y tendrán que gravar IVA al 12%, señaló Francisco Briones, director del SRI.

El Servicio de Rentas Internas (SRI) aclaró las condiciones para que un evento sea considerado 'artístico', que está exento de IVA, o sea un 'espectáculo público', que debe gravar un 12% de este impuesto tras la aprobación de la reforma tributaria.

El SRI, el Ministerio de Cultura y la Presidencia de la República definieron los siguientes requisitos para que una actividad sea considerada un evento artístico':​​​​​​

  • Tener aforo de hasta 2.000 personas.
  • El organizador del evento debe constar en el Registro Único de Artistas Culturales (RUAC).
  • El escenario del evento tiene que constar en el catálogo de infraestructura cultural o audiovisuales que maneja el Ministerio de Cultura
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    "Todo lo demás que no cumplan esos criterios no pueden ser considerados como eventos artísticos o culturales y deben gravar el IVA al 12%", señaló Francisco Briones, director del SRI. Estas indicaciones se actualizarán en el artículo 56 de la Ley de Régimen Tributario Interno mediante decreto.

    Cines también deben gravar 12% de IVA

    Asimismo, los espacios de cine artístico y cultural deben cumplir un requisito para tener el 0 % de IVA: contar con máximo 3 pantallas. "Cualquier cine que tenga más de 3 pantallas también deberá cobrar el IVA, como algunos ya han empezado a cobrar", señaló Briones.

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    Desde la entrada en vigencia del decreto-ley del 1 de julio, para fortalecer la economía familiar, el IVA pasó del 0 a 12 % para el servicio de espectáculos públicos, como conciertos, eventos deportivos y ferias.

    El Servicio de Rentas Internas espera recaudar este año 10 millones de dólares por concepto de este impuesto por estos cambios.

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