26 may 2025 , 18:23

Multas de hasta USD 9 400 para los empleadores que no registren a sus trabajadores

El Código Laboral sanciona a los empleadores que no registren a sus empleados en el Sistema Único de Trabajadores (SUT) del Ministerio del Trabajo. Conozca por qué.

   

Hasta un mes posterior a contratar a un nuevo empleado, los dueños de las empresas deben registrarlos en el Sistema Único de Trabajadores (SUT) del Ministerio del Trabajo.

Según el Acuerdo Ministerial MDT-2023-140, el empleador está obligado a registrar a todos los trabajadores activos bajo su dependencia en la plataforma de la cartera de Estado.

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En caso de que no se registre a las personas contratadas, el artículo 36 de acuerdo establece multas bajo los siguientes ítems:

  • No registro de contrato de trabajo (USD 50 por contrato).
  • Registro tardío de contrato de trabajo (USD 25 por contrato).
  • No registro de acta de finiquito (USD 20 por acta de finiquito).
  • Registro tardío de actas de finiquito (USD 50 por acta de finiquito).
  • No registro de formulario de décima tercera remuneración (USD 200).
  • No registro de formulario de décima cuarta remuneración (USD 200).
  • No registro de formulario de pago de utilidades (USD 200).
  • Registro tardío de formulario de décima tercera remuneración (USD 100).
  • Registro tardío de formulario de décima cuarta remuneración (USD 100).
  • Registro tardío de formulario de pago de utilidades (USD 100).
  • No registro de reglamento interno de trabajo (USD 200).
  • No cumplir con el porcentaje de inclusión de personas con discapacidad (diez salarios básicos, lo que equivale a USD 4 700).
  • Incurrir en el numeral 3 del artículo 95 del Código de la Niñez y Adolescencia, una vez sancionado este valor será entregado de acuerdo con la ley (USD 1 000).
  • Entre las obligaciones del empleador al trabajador, el artículo 42 del Código del Trabajo establece sanciones leves, graves y muy graves. Por ejemplo, en el numeral 7 establece que el contratista está obligado a llevar un registro de trabajadores en el que conste el nombre, edad, procedencia, estado civil, clase de trabajo, remuneraciones, fecha de ingreso y de salida, dirección domiciliaria, correo electrónico y cualquier otra información adicional que facilite su ubicación. El registro debe ser actualizado cada cierto tiempo.

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    Estas son las multas leves, graves y muy graves de acuerdo al número de trabajadores

  • De uno a nueve trabajadores: 1 salario básico (USD 470).
  • De diez a 25 trabajadores: 4,17 salarios básicos (USD 1 959,9)
  • De 26 a 49 trabajadores: 7,33 salarios básicos (USD 3 445,1)
  • De 50 a 199 trabajadores: 10,50 salarios básicos (USD 4 935)
  • De 200 a 540 trabajadores: 13,67 salarios básicos (USD 6 424,9)
  • De 541 trabajadores en adelante: 16,83 salarios básicos (USD 7 910,1)
  • A continuación están las sanciones graves y muy graves que constan en el artículo 42 y 44 del Código del Trabajo.

  • De uno a nueve trabajadores: 2,58 salarios básicos (USD 1 212,6)
  • De diez a 25 trabajadores: 5,75 salarios básicos (USD 2 702,5)
  • De 26 a 49 trabajadores: 8,92 salarios básicos (USD 4 192,4)
  • De 50 a 199 trabajadores: 12,08 salarios básicos (USD 5 677,6)
  • De 200 a 540 trabajadores: 15,25 salarios básicos (USD 7 167,5)
  • De 541 trabajadores en adelante: 18,42 salarios básicos (USD 8 657,4)
  • De uno a nueve trabajadores: 4,17 salarios básicos (USD 1 959,9)
  • De diez a 25 trabajadores: 7,33 salarios básicos (USD 3 445,1)
  • De 26 a 49 trabajadores: 10,50 salarios básicos (USD 4 935)
  • De 50 a 199 trabajadores: 13,67 salarios básicos (USD 6 424,9)
  • De 200 a 540 trabajadores: 16,83 salarios básicos (USD 7 910,1)
  • De 541 trabajadores en adelante: 20 salarios básicos (USD 9 400)
  • ¿Cómo registrar a un trabajador en el SUT del Ministerio del Trabajo?

  • Ingresar al siguiente enlace
  • Digitar el usuario y contraseña (En caso de no contar con esos datos, ingresar a la opción Registro de nuevo empleador)
  • Ingresar en el módulo de registro de datos del trabajador y actas de finiquito.
  • Escoger la pestaña, datos del trabajador, seleccionar opción ingresos, datos del trabajador.
  • Llenar el formulario en línea del trabajador que será vinculado en la empresa, guardando la información el SUT.
  • Opcional imprimir la plantilla del contrato de trabajo o extracto.
  • El trámite que se lleva a cabo en el Ministerio del Trabajo no tiene costo. En caso de tener alguna duda, puede acercarse a las direcciones regionales y oficinas técnicas de trabajo y servicio público en Quito, Ibarra, Portoviejo, Ambato, Guayaquil, Cuenca y Loja, de 08:00 a 16:45.

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