19 oct 2025 , 15:47

Reforma mantiene el límite de USD 10 000 para condonaciones de deudas en la banca pública

En la reciente reforma al Código Monetario y Financiero se especifica que toda condonación deberá aplicarse mediante un decreto presidencial.

   

La reforma al Código Orgánico Monetario y Financiero, que entró en vigencia el 13 de octubre, no modifica el monto máximo para la condonación de deudas en la banca pública, que seguirá siendo de hasta USD 10 000, incluyendo capital, intereses, recargos, costos procesales y otros rubros.

El ajuste es principalmente de forma y precisión técnica, más que de fondo. La norma anterior establecía que las entidades financieras públicas tenían la facultad de condonar deudas; ahora se amplía la redacción para incluir también a entidades financieras públicas en proceso de liquidación.

Lea también: Daniel Noboa decreta condonación de USD 130 millones en deudas adquiridas en el Banco Nacional de Fomento

Además, la reforma aclara que la condonación —total o parcial— se aplicará a todas las operaciones clasificadas desde la categoría D (de dudoso recaudo) en adelante.

El texto mantiene, sin cambios, la disposición de que toda condonación deberá aplicarse mediante un decreto presidencial, en el que se especifiquen los criterios y procedimientos para acceder al beneficio.

Durante su administración, el presidente Daniel Noboa ha emitido varios decretos de condonación de deudas, beneficiando a clientes de BanEcuador, Corporación Financiera Nacional (CFN) y el Banco Nacional de Fomento (en liquidación). Estos se ejecutaron en septiembre de 2024, marzo de 2025 y abril de 2025, en el marco de políticas de alivio financiero dirigidas principalmente a pequeños productores y emprendedores.

Revise además: Noboa dispone condonación de deudas de hasta USD 5 000 a clientes de la Corporación Financiera Nacional

Noticias
Recomendadas