12 jun 2024 , 10:11

Caso Galíndez: la ignorancia supina de los acomplejados

Los que hablan sin saber del tema, deberían leer la Constitución del Ecuador.

   

Según la Real Academia de la lengua Española (RAE), la ignorancia supina puede definirse como “aquella que procede de negligencia en aprender o inquirir lo que puede y debe saberse”, en el ejercicio de su cargo y/o función.

Esta definición cae como anillo al dedo a las palabras de Carlos Tenorio, presidente de la Asociación de Futbolistas Ecuatorianos, quien se unió a las críticas por la capitanía del arquero nacionalizado Hernán Galíndez.

El ‘Demoledor’ Tenorio, que jugó el Mundial 2006, se ha unido a ese falso nacionalismo con tinte de xenofobia demostrado por otros referentes como Antonio Valencia y Édison Méndez, quienes reclaman la capitanía para un ecuatoriano.

Lamentable por Valencia y Méndez que ahora son entrenadores y manejan futbolistas, a los que no deberían transmitir ese tipo de DES-conocimientos.

Pero tengo que hacer hincapié en Tenorio, por el cargo que ostenta. ¿Cómo es posible que el presidente del gremio de futbolistas diga -con ignorancia supina- que el capitán de la selección debe ser, “por ley”, alguien nacido en Ecuador?

HAY QUE LEER LA CONSTITUCIÓN

Tenorio, Valencia, Méndez y compañía desconocen lo que dice la Constitución del Ecuador. Leerla no les haría daño, y ni siquiera deben comerse toda la carta política del país. Bastaría con los primeros capítulos para adquirir un conocimiento necesario para el desempeño de sus funciones actuales. Aquí un breve y sustancial resumen respecto al tema que nos ocupa:

  • Capítulo primero, artículo 1: El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico.
  • Capítulo segundo, artículo 6: Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución.
  • La nacionalidad ecuatoriana se obtendrá por nacimiento o por naturalización y no se perderá por el matrimonio o su disolución, ni por la adquisición de otra nacionalidad.
  • Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento: 1. Las personas nacidas en el Ecuador. 2. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes hasta el tercer grado de consanguinidad. 3. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con presencia en las zonas de frontera.
  • Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes personas: 1. Las que obtengan la carta de naturalización. 2. Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano. 3. Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización. 4. Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano, de acuerdo con la ley. 5. Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento o esfuerzo individual.
  • Art. 11.- Sobre el ejercicio de los derechos:Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económica; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda forma de discriminación.
  • Hasta aquí el resumen.

    Como vemos, no existe una “ley” que diga que solamente una persona nacida en el país puede llevar la banda de capitán de una selección deportiva nacional.

    Lo que sí existió fue un acuerdo, rumbo al Mundial Brasil 2014, entre el Black Power y el presidente de la FEF de la época para impedir el llamado de nacionalizados a la selección. Quizá por eso ahora reclaman Méndez y Valencia (este último, como capitán, se hizo expulsar en un partido clave contra Francia y quedamos eliminados).

    Quote

    Ese muñequeo para discriminar a nacionalizados no puede ser, y no está, elevado a la categoría de “ley”, señor Tenorio.

    Usted le ha pedido explicaciones a Enner Valencia por haberle cedido su banda de capitán a Galíndez y me parece bien dada la respuesta de ‘Superman’, no a usted, sino a la gente: "Hernán (Galíndez) es uno de nosotros, él no es extranjero, tiene los mismos derechos que tenemos todos". Parece que alguien sí conoce la Constitución.

    También se han pronunciado en contra, pero de forma despectiva, Jefferson Montero. No merece una respuesta extensa quien no logró nada con la selección y quien solo es recordado por reclamar diferencias en los premios económicos.

    Tampoco Franklin Salas, quien ha dicho que "Galíndez nunca marcó diferencia ni en Selección ni en sus equipos". Salas solo cantaba en su gallinero y fuera de Quito fracasó en Godoy Cruz de Argentina y Estrella Roja de Belgrado (Serbia).

    Quote

    Hoy hablan los acomplejados, cuyas palabras solo demuestran envidia y una ignorancia supina.

    La diferencia de hoy en día es que nuestros jugadores ya no son solo de nivel local, como era antes, sino que actúan en el fútbol europeo y son testigos de una diversidad cultural que los acoge, no solo en el ámbito deportivo sino en la sociedad.

    Eso explica por qué no tienen ningún problema en reconocer el liderazgo de otro que no nació aquí, pero que es ecuatoriano. Para ellos, por fortuna, el mundo del fútbol está globalizado.

    Por eso, bien dicen, la xenofobia o el falso nacionalismo se combate viajando, saliendo de tu corralito. Y la ignorancia supina se quita leyendo. Nadie ha muerto por leer. No tengan miedo.

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