31 ene 2023 , 16:53

3 años de prisión para el hombre que sacó sistemáticamente 123 crías de tortuga de Galápagos

Las habrían vendido de forma ilegal en Perú a ciudadanos de China

Un tribunal acogió las pruebas presentadas por la Fiscalía y emitió sentencia condenatoria de tres años de prisión contra Paúl Adolfo T. M., por la desaparición de 123 crías de tortugas gigantes del centro de crianza “Alfonso Tupiza”, ubicado en la Isla Isabela, Galápagos.

También se dispuso una multa de 10 salarios básicos unificados, la enajenación de bienes y cuentas bancarias por un monto de 4.000 dólares y 669.000 como reparación integral al Parque Nacional Galápagos (PNG).

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En su resolución, el Tribunal también ratificó el estado de inocencia de otros tres procesados, Daniel T. T., Gustavo F. G. y Edison M. M.

El delito contra la flora y fauna ocurrió el pasado 27 de septiembre de 2019, pero recién se logró la condena en este 2023.

En audiencia de juzgamiento, el fiscal Christian Farez Falconí llamó a testificar a 30 personas, entre agentes investigadores, aprehensores, peritos de recursos de especies, entre otros.

También presentó pruebas documentales como informes periciales de audio y video de teléfonos celulares, cotejamiento de voces de dispositivos, triangulación de llamadas telefónicas, entre otras.

Las investigaciones determinaron que las tortugas de este centro de crianza fueron suplantadas por tortugas silvestres de manera sistemática y que varias personas involucradas, que aparentemente manejaban inventarios de individuos y especies, las habrían vendido de forma ilegal en Ecuador y Perú.

Para la Fiscalía, el delito se demostró, sobre todo, con la extracción de conversaciones del sentenciado con uno de los testigos (funcionario del PNG), quien grabó el diálogo.

Se refería a la forma de traficar las especies, indicando la ruta del traslado desde Galápagos hacia Guayaquil y luego –por vía terrestre– hacia Perú, donde se contactaría con ciudadanos de China.

Este caso se procesó por el delito contra la flora y fauna silvestres, tipificado en el artículo 247, numeral 2 y 3, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que es sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.

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