05 may 2025 , 18:48

La sentencia de ocho meses de cárcel contra el autor del incendio en Guápulo fue ratificada

La Corte Provincial de Justicia de Pichincha confirmó la sentencia de ocho meses de prisión, contra Dylan Alberto A., quien fue hallado culpable del incendio forestal que ocurrió el 24 de septiembre de 2024 en el sector de Guápulo.

   

Ocho meses de cárcel debe cumplir Dylan Alberto A. por su responsabilidad en el incendio forestal ocurrido en Guápulo, el 24 de septiembre de 2024. En la audiencia de apelación, la Sala de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha rechazó la solicitud de la defensa del procesado, que pedía la ratificación de su estado de inocencia.

Los jueces afirmaron que las pruebas presentadas por la Fiscal del caso en la audiencia de juicio directo demostraron la responsabilidad de Dylan Alberto A. en el delito, que causó conmoción y daño ambiental en Quito.

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La Fiscalía General del Estado lo procesó como autor directo del delito de incendios forestales y vegetación, relacionado con lo ocurrido en el sector de Guápulo, el 24 de septiembre de 2024.

Tras conocer que fue sentenciado a ocho meses de prisión, la defensa del acusado apeló el fallo, argumentando que no se respetaron los tiempos establecidos por la Ley para las aprehensiones en flagrancia.

Por su parte, la Fiscal explicó que el evento ocurrió aproximadamente a las 16:00 del 24 de septiembre y que el acusado fue aprehendido a las 12:00 del 25 de septiembre, dentro del plazo de 24 horas estipulado por el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

La Fiscalía General del Estado también refutó el argumento de la defensa, que intentó poner en duda la coherencia del testimonio de una testigo presencial que observó cómo el implicado inició el incendio.

La sentencia por el delito de incendios forestales y de vegetación, está tipificado en el artículo 246 del COIP, donde estipula que quienes provoquen directa o indirectamente incendios o instigue la comisión de tales actos, en bosques nativos o plantados, será sancionada con uno a tres años de prisión.

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