16 jun 2022 , 21:59

Proyecto de ley que deroga parcialmente a la Ley Humanitaria fue aprobado

Garantiza los derechos de quienes trabajaron presencialmente desde el inicio de la crisis sanitaria

Con 109 votos afirmativos y 18 abstenciones, el Pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de reformas con el que se deroga parcialmente a la Ley de Apoyo Humanitario, vigente desde junio del 2020 por la emergencia sanitaria del covid-19.

A través de la normativa, se incluye una disposición general en el Código de Trabajo para quienes hayan sido contratadas bajo un contrato emergente y a la fecha de entrada en vigor de la norma, hayan superado los 90 días del período de prueba, dichos contratos tengan el carácter de indefinido.

También se reforma el Código Monetario y Financiero por el cual se reprograma el pago de cuotas por obligaciones con entidades del Sistema Financiero y no Financiero, que deberán efectuar acuerdos con sus clientes para reprogramar, refinanciar y suspender el cobro de cuotas impagas generadas por cualquier obligación crediticia, adquirida desde el 16 de marzo de 2020 hasta diciembre de 2021.

Igualmente, se reprogramará el pago de cuotas de seguros generales, seguros de vida, asistencia médica y compañías de medicina prepagada, respecto del cobro de cuotas mensuales. Según el proyecto, los planes de medicina prepagada no podrán ser cancelados por parte de las compañías, ni podrán subir las primas cobradas ni los planes de medicina prepagada por el lapso de un año posterior a la entrada en vigor de esta ley.

Se incorpora una disposición transitoria en la Ley para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal, a fin que aquellos contribuyentes que solicitaron facilidades de pago e incumplieron una o más cuotas establecidas puedan cubrir el total del capital adeudado hasta diciembre de 2023.

Se agregan dos disposiciones generales en el Código Monetario y Financiero sobre la reprogramación de pago de cuotas por obligaciones con entidades, respecto de los créditos a ser concedidos a través de la banca pública, que serán otorgados en los tres años subsiguientes a la promulgación de la ley. Esto como apoyo a los emprendimientos productivos de las Mipymes, microcrédito, crédito agrícola y de economía popular y solidaria; y, la condonación de intereses de mora para los actuales deudores con entidades del sistema financiero público o privado que incluye a estos segmentos.

Noticias
Recomendadas