19 dic 2023 , 17:44

Daniel Noboa emite nuevo código de ética para funcionarios gubernamentales

El nuevo código de ética de Daniel Noboa no contempla que se difunda el listado de personas que viajen en el avión presidencial, ni la obligación de que los vehículos institucionales lleven placa, como se dispuso en la administración de Guillermo Lasso.

El presidente Daniel Noboa emitió este martes 19 de diciembre, a través del Decreto Ejecutivo 86, un nuevo código de ética, y derogó las normas de comportamiento que había dispuesto Guillermo Lasso en su administración.

Este reglamento debe ser cumplido por el primer mandatario, el vicepresidente, los ministros de Estado, el personal de agencias, secretarias, directorios, servicios o entidades de control adscritas del Ejecutivo, y toda persona que actúe en virtud de una potestad estatal dentro de la Administración Pública Central.

En este nuevo conjunto de directrices, que tiene ocho artículos menos que el del anterior gobierno, se mantienen varios puntos, como la prohibición de prácticas nepotistas, como contratar o designar en un cargo público a personas hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por uniones de hecho.

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También permanecen las reglas que el o la cónyuge del Presidente y Vicepresidente de la República no recibirán sueldo, remuneración o compensación, y que los familiares de trabajadores de la función ejecutiva no puedan gestionar directa o indirectamente contratos públicos para su beneficio.

Además, se mantiene otras prohibiciones que funcionarios del Ejecutivo gestionen favores, mantengan reuniones o realicen gestiones que podrían constituirse en tráfico de influencias por razones ajenas a sus funciones públicas con jueces, magistrados, asambleístas u otros servidores públicos de las distintas funciones del Estado con el propósito de obtener para sí o en favor de terceros beneficios.

Imagen de parte del gabinete ministerial de Daniel Noboa, en foto tomada el 26 de noviembre.
Imagen de parte del gabinete ministerial de Daniel Noboa, en foto tomada el 26 de noviembre. ( )

Tampoco está permitido que destinen fondos públicos para realizar campañas o anuncios individuales de propaganda, ni que expongan retratos o afiches de autoridades de la Función Ejecutiva en las entidades públicas.

Del mismo modo, no pueden aceptar regalos o cualquier tipo de beneficio por parte de empleados o ejecutivos, nacionales o extranjeros, o de personas particulares que hagan o pretendan hacer negocios o entablar otro tipo de relación comercial con el Estado.

Se indica que las autoridades de la Administración Pública Central deben ofrecer declaraciones, ruedas de prensa, entrevistas u otros cuando sus actividades así lo permitan, y que estas se deben coordinar con la Secretaría General de Comunicación de la Presidencia de la República.

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Asimismo, tienen que publicar sus agendas y actividades diarias, y una vez cada tres meses emitirán una rueda de prensa en la que comunicarán su gestión, actividades y responderán preguntas sobre los temas expuestos.

Diferencias con las normas de comportamiento de Guillermo Lasso

El código de ética de Daniel Noboa tiene algunas diferencias con la normativa de su antecesor. Por ejemplo, en el documento vigente no se contempla que se difunda, hasta 48 horas después, el listado de personas que viajen en el avión presidencial, así como una descripción del equipaje o carga correspondiente a cada pasajero, la ruta seguida por el avión, el destino del viaje y su propósito.

Sí coincide en la disposición que los aviones presidenciales serán usados única y exclusivamente para asuntos de carácter oficial del Estado, pero también agrega que pueden ser usados por seguridad si lo establece la Casa Militar Presidencial.

Con respecto al uso de otros vehículos, Noboa no ordena que todos los vehículos institucionales deben portar placa y los signos distintivos de la institución a la que pertenecen, a excepción de motivos de seguridad, como estableció Lasso.

Asimismo, las directrices actuales no hacen mención sobre los regalos que entreguen o reciban los funcionarios en misiones internacionales. Las del anterior gobierno ponían como límite que estos obsequios no superen los doscientos dólares, y que caso contrario, estos debían ser rechazados o enviados directamente al Estado.

Otro diferencia está en que Lasso indicó que la Secretaría General de la Administración Pública y Gabinete era el órgano encargado de velar por el cumplimiento de este Decreto Ejecutivo, mientras que Noboa dispuso que las máximas autoridades o sus delegados deben vigilar que se respete esta normativa.

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