11 feb 2025 , 20:20

La Corte Constitucional corrigió un error de la Asamblea en una reforma a la Ley de Salud Mental

La Corte Constitucional reprochó la poca atención de la Asamblea que generó consecuencias en las personas con trastornos mentales y vulneró sus derechos.

   

La Corte Constitucional corrigió un grave error cometido por la Asamblea en la reforma a la Ley de Salud Mental que entró en vigencia en enero del 2024.

Los legisladores cambiaron en el Código Civil la palabra "demente" por "personas con trastorno mental", provocando la interdicción jurídica de personas con autismo o con un trastorno mental leve que no limita la toma de decisiones sobre su vida.

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La interdicción jurídica implica la pérdida de la autonomía. El interdicto necesita a otro adulto como tutor para administrar sus bienes, hacer trámites en una notaría o en una institución pública. Pierde la patria potestad de sus hijos, no puede tomar decisiones laborales o sobre su salud.

Ante la reforma, la Asociación de Padres y Amigos de Personas Con Autismo del Ecuador (Apada) presentó una demanda de inconstitucionalidad en contra de la Asamblea y la Corte le dio la razón.

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Llamado de atención a la Asamblea

La sentencia fue unánime y en ella la Corte Constitucional decidió "reprochar la poca atención de la Asamblea Nacional" que generó consecuencias en las personas con trastornos mentales y vulneró sus derechos.

Declaró inconstitucionales los artículos del Código Civil y de la Ley de Salud Mental impugnados y así dejó fuera de la limitación jurídica a las personas con autismo o con un trastorno mental leve.

Además, dispuso que se use en la ley los términos "persona con demencia" para referirse a quien sí tiene una afectación mental que limita su autonomía.

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