También se amplían las prohibiciones para contratar a personas condenadas por delitos como peculado, lavado de activos, tráfico de influencias, acoso sexual, trata de personas, entre otros.
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El Pleno de la Asamblea Nacional. ( )
Luego de denuncias de posible nepotismo en la Asamblea, el Consejo de Administración Legislativa (CAL) aprobó por unanimidad reformas al Reglamento Interno de Talento Humano del Legislativo para fortalecer los controles institucionales.
A partir de ahora, según el nuevo reglamento, ningún familiar de un asambleísta hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad podrá trabajar en la Asamblea. Además, se prohíbe por primera vez que funcionarios del nivel jerárquico superior contraten familiares hasta segundo grado de consanguinidad y primero de afinidad.
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“Antes, esta restricción aplicaba solo al despacho del asambleísta, lo que permitía vivezas y atajos inaceptables”, dijo Niels Olsen mediante la red social X.
Con estas reformas, el artículo 7 quedaría así en el apartado de inhabilidades generales:
Aumento de control y sansiones a asambleístas
Entre otras disposiciones, se estableció que los asambleístas deberán mantener las cámaras encendidas durante sesiones virtuales, bajo sanción en caso de incumplimiento.
También se amplían las prohibiciones para contratar a personas condenadas por delitos como peculado, lavado de activos, tráfico de influencias, acoso sexual, trata de personas, entre otros.
Además, se incorpora como causal de destitución el haber recibido evaluaciones de desempeño insuficientes de forma reiterada. Talento Humano contará con un plazo de 30 días para notificar a los funcionarios sobre todos los cambios.
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