Nuevas cláusulas obligatorias para proteger datos personales en contratos
Desde ahora, todos los contratos deberán incluir disposiciones específicas para garantizar la protección de los datos personales de las partes involucradas.
Hace 10 días la Superintendencia de Protección de Datos Personales emitió un reglamento para que se incorporen de forma obligatoria cláusulas de protección de datos personales en todos los contratos. Se firmen en una notaría, con un banco, para ventas inmobiliarias, obras o servicios.
Desde el 2021 en el país rige la Ley de Protección de Datos que obliga a todos a proteger la información personal. Sin embargo, en las transacciones contractuales los derechos de los titulares de los datos no estaban protegidos.

"Deberían los datos personales servir únicamente servir para el cumplimiento y ejecución del contrato que se ha pactado, salvo que hubiese sido consentida expresamente por el titular, como por ejemplo transferir esos datos a terceros", explica Fabrizio Peralta, superintendente Protección de Datos
El reglamento sugiere entregar los datos estrictamente necesarios o textos de cláusulas estándar o modelos para evitar ambigüedades.
De haber mal uso de la información, el afectado puede denunciar ante la Superintendencia de Protección de Datos Personales.

"Se aminore hasta donde fuere técnicamente posible la posibilidad de una vulneración de esa información", añade Fabrizio Peralta, superintendente Protección de Datos
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En los procesos contractuales hay instituciones regularizadas que entran a custodiar datos como las notarías y los bancos.
En el caso de los contratos con los bancos, los clientes deben saber que las entidades financieras sí ponen cláusulas para entregar los datos de sus clientes morosos para efectos de cobro, y eso es legal. Si la agencia de cobranza hace uso de esos datos transferidos para otros fines, es ilegal.
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