06 nov 2020 , 08:25

Emiten 4 nuevas modalidades laborales a nivel nacional

Con estos nuevos contratos se pretende regularizar y generar más plazas de empleos.

El Ministerio del Trabajo emitió cuatro nuevas modalidades contractuales: contrato productivo, turístico y cultural, de emprendimiento y contrato joven y de formación, según recoge el digital de Vistazo. 

 

Según informó la entidad, con estos nuevos contratos se pretende "regularizar y generar más plazas de empleos formales y adecuar las normas contractuales a las distintas actividades económicas y productivas de país".

 

Andrés Isch, ministro del Trabajo señaló que estas nuevas modalidades laborales se podrán aplicar exclusivamente para nuevas contrataciones y renovarse por una única ocasión, hasta por el plazo de un año adicional.

 

Asimismo, enfatizó que los contratos se vuelven indefinidos si al culminar el plazo pactado la labor continúa; por otro lado, si la relación laboral finaliza,el trabajador tendrá derecho a la liquidación de haberes, la cual contemplará el proporcional del desahucio por el tiempo laborado.

 

Las nuevas modalidades también garantizan el derecho a la indemnización cuando el empleador termine la relación laboral de forma unilateral e injustificada antes del plazo. “Estos contratos permitirán que más personas ingresen al mercado laboral formal con garantía de derechos, disminuyendo las cifras de informalidad que acarrea tantos abusos y precarización”, puntualizó Isch.

 

Entre las particularidades de cada contrato están:

 

CONTRATO PRODUCTIVO

– Permite facilitar la distribución de la jornada de trabajo de acuerdo al sector productivo.

– Se puede escoger entre modalidad continua o discontinua.

– Es un contrato a plazo fijo de un año prorrogable a dos.

– Garantiza la remuneración básica, jornadas de descanso, vacaciones, indemnización en caso de despido intempestivo, pago de décimos.

 

CONTRATO TURÍSTICO Y CULTURAL

– Se puede escoger modalidad continua o discontinua.

– Podrán pactar jornadas consecutivas de trabajo y de descanso para lugares alejados de trabajo.

– El 10% adicional al consumo por servicios o propinas, no constituye parte de la remuneración

– Cuando el trabajador no pueda desplazarse, se le deberá proporcionar vivienda, alimentación y transporte.

 

CONTRATO DE EMPRENDIMIENTO

– Se complementa con otros incentivos de la Ley de Emprendimiento.

– Para su registro, será necesario el certificado emitido por el Registro Nacional de Emprendimiento (RNE).

– Permite la adaptabilidad de la distribución de las jornadas de trabajo.

– El contrato podrá ser renovado hasta la finalización del emprendimiento (máximo 5 años).

 

CONTRATO JOVEN Y DE FORMACIÓN

– Aplica para contratos celebrados con jóvenes de hasta 26 años de edad con cualquier tipo de formación.

– Permite continuar la formación del trabajador incluso en objetivos específicos del empleador.

– Ofrece versatilidad en las actividades del trabajador para su experiencia.

– Incentiva la formación aún para jóvenes no universitarios. Alternativa a las pasantías, incrementando la pensión en 2.5 veces.

 

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