05 jul 2022 , 06:09

¿Cuántas operadoras incrementaron la tarifa del transporte en Quito?

Para subir el costo del pasaje, las compañías se sometieron a un rproceso de evaluación

Las operadoras que integran el Corredor Sur Occidental fueron notificadas mediante resoluciones, emitidas por la Secretaría de Movilidad del Municipio de Quito, que deben actualizar la tarifa del transporte público a USD 0,35, según lo dispone la Ordenanza Metropolitana número 017-2020.

Al momento suman 34 de 67 compañías que subieron el precio de los pasajes en la capital. Estas son Guadalajara, Disutran S.A., Victoria, 6 de Diciembre, Latinos, Mariscal Sucre, Termas Turis, Quitumbe, Empresa de Pasajeros Quito (Trole, Ecovía), Bellavista, Reino de Quito, Águila Dorada, Serviagosto, Colectrans, Transalfa, San Cristóbal, Transporsel, Urbanquito, Llano Grande, Transplaneta S.A., Transzeta C.A., Lujoturissa, Monserrat, 21 de Julio, 7 de Mayo, Metrotrans, Vepiex, Secuatrans, Setramas, Latitranstursa, Pichincha, Juan Pablo II, San Francisco, Transheróica.

Para actualizar la tarifa, las operadoras se sometieron al proceso de evaluación conformado por niveles estratégico, táctico y operativo – logístico, cuyos ámbitos de acción son confiabilidad, seguridad, comodidad, accesibilidad, productividad y eficiencia.

Los inspectores de la Dirección de Gestión de la Secretaría de Movilidad, verificaron los indicadores que constan en la normativa vigente, como cámaras de vigilancia y monitoreo durante la operación para seguridad de los usuarios, cumplimiento de la tabla operacional (horarios de intervalo, inicio/cierre de operación, tiempos de viaje -hora pico, hora valle, etcétera), monitoreo de rutas establecidas, índices de velocidad, entre otros.

Una vez que se realiza el levantamiento de dicha información, el equipo de técnicos elabora un informe previo a la autorización para la actualización de la tarifa, en caso que sea procedente.

La actualización de la tarifa del subsistema de transporte público convencional es de 0,35 centavos de dólar. A este valor se aplicarán las tarifas preferenciales previstas en el Reglamento de Aplicación a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la Ley Orgánica de Discapacidades y el Código Municipal para el Distrito Metropolitano de Quito.

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