30 may 2018 , 05:16

Corte exige que Registro Civil se disculpe por caso Satya

   

Sentencia que fija inscripción de niña con apellido de sus 2 madres fue publicada.





La Corte Constitucional (CC) dio a conocer el miércoles 30 de mayo de 2018 la sentencia con la que ordena que se inscriba a la niña Satya Amany como ciudadana ecuatoriana y con el apellido de sus dos madres, las ciudadanas inglesas Nicola Susan Rothon y Helen Louise Bickne.
 

 

En la resolución, que trascendió el martes 29 de mayo de 2018, la Corte Constitucional “dispuso que se investigue, determine responsabilidades y se sancione, tanto a operadores de justicia, como de la administración pública, en la medida en que hubieren ocasionado las vulneraciones a derechos constitucionales” y “que la autoridad ofrezca disculpas públicas y publique la sentencia”.

 

 

Satya nació en Ecuador en 2011, pero no había podido ser inscrita en el Registro Civil porque el Estado no le permitía legalmente tener dos mamás. La pequeña es la hija de una pareja de lesbianas británicas que residen desde hace más de diez años en Ecuador y que ha buscado registrar con sus dos apellidos a la niña, nacida en diciembre de 2011 tras la inseminación artificial de una de las mujeres.
 

 

Nicola Susan Rothon y Helen Louise Bicknel, con el apoyo de la Defensoría del Pueblo, presentó un recurso de acción de protección en septiembre de 2012 y fue admitido a trámite en septiembre del 2014 por la Corte Constitucional. 

 

 

El 29 de mayo de 2018, la CC, “con el voto favorable de la mayoría de sus integrantes, aceptó la acción extraordinaria de protección No. 1692-12-EP, y garantizó los derechos de una niña y sus madres. Las autoridades judiciales que en su momento conocieron la acción de protección no cumplieron con tutelar sus derechos de forma diligente, tampoco dieron una respuesta debidamente argumentada a sus pretensiones”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

LEA: 2 niños serán registrados con apellidos de sus dos madres

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Según un boletín de la Corte del 30 de mayo de 2018, para reparar las vulneraciones a sus derechos, examinó la actuación de la Dirección General del Registro Civil, Identificación y Cedulación, y encontró que la negativa de inscripción de la niña, a pesar de que nació en Ecuador, “violó sus derechos a la identidad y nacionalidad, así como el derecho a la igualdad, no discriminación y a la protección de la familia en sus diversos tipos, conformada en este caso, por ella y sus dos madres”.

 

 

Dentro de su sentencia, el organismo también ordenó que la Asamblea, en el plazo de un año, regule los procedimientos de reproducción asistida.

 

 

 

La sentencia fue aprobada con cinco votos a favor de los jueces Alfredo Ruiz Guzmán, Wendy Molina Andrade, Tatiana Ordeñana Sierra (jueza ponente), Roxana Silva y Manuel Viteri Olvera. Hubo tres votos salvados de las juezas Ruth Seni Pinoargote, Pamela Martínez Loayza y del juez Francisco Butiñá. Se registró la ausencia de la jueza Marien Segura Reascos. 

 

 

La CC destaca que la decisión “es una forma de reconocer una situación social que se da de hecho y cuyo desconocimiento oficial no hace sino llevar a niños, niñas y adolescentes que se crían en familias no convencionales a no gozar de la protección que deben proveer el Estado, la sociedad y la familia para lograr su desarrollo integral”.

 

 

"Se ha reconocido una sentencia favorable en el ejercicio de derechos de Satya y de sus mamás", dijo el martes 29 de mayo de 2018 a la AFP José Luis Guerra, abogado de la Defensoría del Pueblo que lleva el caso.

 

 

La actual titular de la Defensoría del Pueblo, Gina Benavides, celebró el martes 29 de mayo la decisión: “No es el caso solamente individual, es un caso que tiene repercusiones y que va efectivamente a convertirse en una herramienta importante para la exigibilidad de derechos. Es un hito para el país y para la región”.

 

 

La Constitución ecuatoriana "reconoce la familia en sus diversos tipos", pero no prevé el matrimonio entre personas del mismo sexo. El país reconoce la unión de hecho de parejas homosexuales. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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