El SRI amplía plazos para el cumplimiento de obligaciones tributarias en ocho provincias afectadas por la lluvia
La medida no generará multas, recargos ni intereses.
- Imagen referencial de atención a contribuyentes.( )
Los contribuyentes que tengan como su domicilio principal en alguna de las ocho provincias afectadas por las lluvias cuentan con un plazo mayor para cumplir con sus obligaciones tributarias. El Servicio de Rentas Internas (SRI) informó sobre la ampliación de plazos, sin multas, recargos ni intereses.
La entidad explicó que la medida responde a la emergencia por la época lluviosa, que ha afectado especialmente a los habitantes de Guayas, Los Ríos, Manabí, El Oro, Esmeraldas, Santa Elena, Loja y Azuay. Ellos pueden presentar, de manera excepcional, los siguientes documentos:
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Estos deben corresponder al período fiscal mensual enero de 2025, hasta el mes de abril del mismo año, en estas fechas:

Instituciones públicas y contribuyentes especiales también cuentan con el beneficio
La medida también aplica para las instituciones del Estado, las empresas públicas reguladas por la Ley Orgánica de Empresas Públicas y los contribuyentes especiales, cuyo domicilio principal se encuentre en las provincias afectadas. Las fechas máximas de entrega son: 11 de abril para contribuyentes especiales y 21 de abril para instituciones y empresas públicas.
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Recuerde que cuando una fecha de vencimiento coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, esta se trasladará al siguiente día hábil, a menos que corresponda al siguiente mes, en cuyo caso no aplicará esta regla, y la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.
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