02 ene 2023 , 09:52

En este 2023 se acorta a 30 días el plazo máximo para pagar sus deudas y no caer en mora

Ya no tendrá 60 días antes de que su cartera vencida sea castigada

Ya no tendrá 60 días antes de que su cartera vencida sea castigada y aquello le perjudique en el buró de crédito. Desde este 2023 el plazo para no caer en mora ya no será de dos meses como ha venido ocurriendo desde la pandemia de covid-19 en Ecuador, sino que volverá a ser de 30 días como máximo, según lo dispuso la Junta de Política y Regulación Financiera.

La entidad dispuso que solo hasta el 31 de diciembre de 2022 los bancos públicas y privados, así como las cooperativas, califiquen como vencidas las deudas que estén impagas por más de 61 días.

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Entonces a partir de este 1 de enero de 2023, las cuotas de los créditos (de consumo, microcrédito en todas sus modalidades, productivos y educativos) que no se paguen dentro de la fecha de vencimiento, ya no tendrán más plazo antes de pasar a la cartera vencida.

Así, desde el primer día del 2023 las cuotas de los créditos que no hayan sido canceladas oportunamente, dentro de su fecha máxima de pago, serán trasladadas a cartera vencida a partir del día 31, a excepción de los créditos de vivienda, que continuarán con las condiciones de traslado de cartera.

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Hasta febrero de 2020, las deudas entraban en esa categoría después del día 15 o 30, de acuerdo con el tipo de crédito, pero el Gobierno de entonces lo cambió para dar facilidades a los clientes.

Pero debido al nuevo cambio, los bancos ya empezaron a notificar a sus clientes la decisión de la Junta para que tomen precauciones y mantengan un buen perfil crediticio.

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