02 jun 2014 , 01:12

El proceso para proclamación del rey de España durará de tres a seis semanas

La abdicación del monarca está contemplada en la Constitución española de 1978.

El proceso institucional para la proclamación del príncipe de Asturias como rey de España durará entre tres y seis semanas, tras una tramitación de urgencia en el Parlamento, según estimó hoy la Casa del Rey.

 

Tras la abdicación, anunciada hoy por el rey Juan Carlos I en su hijo, comienza un proceso en el que participan tanto el Gobierno y como el Parlamento español, donde esta sucesión cuenta con un amplío respaldo.

 

Se trata del trámite parlamentario de la Ley Orgánica que este martes aprobará el Gobierno en un Consejo de Ministros extraordinario, así como de la convocatoria de la solemne sesión conjunta de las Cortes Generales en la que el príncipe Felipe será investido rey de España.

 

La Ley Orgánica será registrada el mismo martes en el Congreso de los Diputados y la Mesa de la Cámara baja se reunirá por la tarde para recibirla formalmente y abrir un plazo de enmiendas, requisito previo para ser elevada al pleno, donde será tramitada por el procedimiento de urgencia.

 

Al menos 300, de los 350 diputados del Congreso, darán su apoyo a la ley orgánica que aprobará el Consejo de Ministros y que dará soporte legal a la abdicación del rey Juan Carlos en su hijo.

 

La norma, de carácter orgánico, necesita el voto favorable de la mayoría absoluta del Congreso, esto es, 176 diputados, por lo que de confirmarse esos 300 apoyos obtendría un amplísimo respaldo de la Cámara baja.

 

A continuación, el texto pasará al Senado, que seguirá el mismo procedimiento y, si no es modificada con enmiendas, quedará definitivamente aprobada.

 

Aún será necesario un último trámite, el de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento en el que será efectiva la abdicación del rey Juan Carlos. Ese mismo día, se espera que se celebre la sesión solemne de las Cortes Generales que proclamará a Felipe VI nuevo rey de España. 

 

La abdicación del rey está contemplada en la Constitución española de 1978. El príncipe heredero se convierte automáticamente en el nuevo monarca una vez que se hace efectiva aunque luego tenga que ser "proclamado ante las Cortes" y prestar juramento ante el Parlamento.

 

El artículo 57.5 de la Constitución establece que "las abdicaciones y renuncias y cualquier otra duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión de la Corona se resolverán por una ley orgánica", por lo que, según Yolanda Gómez, catedrática de Derecho Constitucional de la UNED, "es obligado" que se elabore y se apruebe esta ley.

 

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