02 feb 2024 , 06:00

Daniel Noboa podría usar el veto para incluir el alza del IVA, con el apoyo tácito de sus aliados

Si la Asamblea Nacional rechaza el alza del IVA, el Presidente tiene la opción de incluirlo en su veto.

El proyecto de Ley para enfrentar el Conflicto Armado Interno llegará al Pleno de la Asamblea Nacional el próximo martes 6 de febrero de 2024. El tema trascendental es el alza del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que hasta la fecha no tiene los respaldos suficientes.

Sin embargo, si la Asamblea vota artículo por artículo, se aprobaría un texto que llegaría al Ejecutivo, y se abre el debate de que el Primer Mandatario pueda aprovechar su facultad de veto para incluir de último minuto el incremento al impuesto.

En lugar de rechazar la propuesta del Presidente, la Asamblea aprobará el texto por artículos

El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, en entrevista con Contacto Directo, dijo que lo más probable es que el trámite para el segundo debate sea la votación del proyecto por capítulos o artículos.

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"El espíritu de haber hecho un informe acogiendo las propuestas plasmadas en los informes de minoría, tanto del Partido Social Cristiano como de otras tiendas políticas, conlleva entender que la votación va a ser por diferentes mociones, especificando un tema", dijo Kronfle.

Es decir, los asambleístas mocionarán cada propuesta por separado, incluyendo las de la Revolución Ciudadana (RC) y el Partido Social Cristiano (PSC). Serían cuatro mociones: contribución de sociedades del 3,25% a la renta, para seguridad; facultad del Presidente de variar el Impuesto a la Salida de Divisas; contribución de la banca; y alza del IVA.

Para que se aprueben cualquiera de ellas se necesitarán 70 votos.

Cuando lleguen a discutir el alza del IVA ya se puede anticipar que no habrá las voluntades suficientes. Construye, PSC y RC han mostrado su rechazo y las posiciones de los asambleístas independientes están divididas.

Sin embargo, si los aliados del Gobierno en el Legislativo, RC y PSC, optan por aprobar por partes en lugar de rechazar el proyecto de ley, dejan en firme un documento y tácitamente allanan el camino para que el presidente Daniel Noboa pueda incluir en el veto parcial el aumento al IVA.

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El procedimiento parlamentario dicta que una vez que haya un pronunciamiento del Legislativo, el documento pasará a manos del Ejecutivo. El Presidente tiene la facultad de vetar total o parcialmente.

¿Sabías que?
La Constitución establece que si el Presidente opta por un veto parcial, presentará un texto alternativo por artículos y en ningún caso por secciones, capítulos, títulos o libros. Tampoco podrá incluir materias no contempladas en el proyecto.

La objeción del Presidente llegará nuevamente a la Asamblea, donde los legisladores pueden ratificarse en el texto que aprobaron. Sin embargo, para lograrlo necesitarían 92 votos.

Henry Kronfle reconoce que actualmente ninguna bancada tiene la capacidad de conseguir ese número y, por lo tanto, quedaría vigente el alza del IVA y las organizaciones políticas que se oponen no perderían su capital político.

Analistas políticos consultados por Ecuavisa.com consideran que las organizaciones políticas que integran la Asamblea no pueden apoyar abiertamente el aumento de impuestos porque tendría un costo a propósito de las elecciones generales de 2025.

Casos similares de que el manejo parlamentario permite ciertas salidas políticas han ocurrido antes. En el gobierno anterior ocurrió, en cambio, que al tratar la reforma tributaria el correísmo no votó a favor del archivo y como no hubo pronunciamiento de la Asamblea entró en vigencia por ministerio de la ley.

¿Qué alcances tiene el veto del Ejecutivo?

Para Kronfle, es un derecho que tiene el Presidente de la República. Cree que sí podría incluir el alza del IVA.

Sin embargo, el abogado constitucionalista Emilio Suárez explica que al momento en que la Asamblea se pronuncie sobre una propuesta con el rechazo, el Mandatario no podría incluir ese tema en el texto final. Cree que hacerlo "sería un fraude a la Constitución".

El abogado constitucionalista José Chalco explica que se "puede incluir textos alternativos respecto de aquello con lo cual no está de acuerdo, siempre y cuando no incluya materias que no fueron parte de la propuesta original".

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La Corte Constitucional puede observar el tratamiento legal que realice la Asamblea

Si el Presidente utiliza el veto para incluir el impuesto, la Corte Constitucional podría observarlo. Si llega a hacerlo, Daniel Noboa advirtió que presentarán un nuevo trámite.

Sin embargo, para los expertos, durante el trámite de esta ley de urgencia económica hubo varias faltas a la Constitución. Tanto Suárez como Chalco creen que la Asamblea no tiene la facultad para plantear impuestos. El artículo 135 establece que solo el Presidente puede presentar proyectos de ley que creen, modifiquen o supriman impuestos.

Ante ese cuestionamiento, los legisladores del correísmo y del PSC responden que con la iniciativa del Mandatario, la Asamblea puede modificar y mejorar el texto.

Otro cuestionamiento es que la ley puede interpretarse como retroactiva porque en las contribuciones especiales se habla de gravar impuestos a rentas de 2022.

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Por otro lado, se cuestiona que se propongan contribuciones de grupos específicos, como los bancos y cooperativas. El mismo Presidente de la Asamblea dice que eso podría ser declarado inconstitucional.

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