16 dic 2016 , 12:37

Cámaras de la producción de Guayaquil rechazan con cartel Ley de Plusvalía

Tres representantes del sector empresarial ratifican su posición de no al proyecto.

El edificio de las cámaras de la producción de Guayaquil amaneció con una gigantografía con un mensaje de rechazo que dice "#NoALaLeyDePlusvalía", en referencia al proyecto de Ley Orgánica para Evitar la Especulación sobre el Valor de las Tierras y Fijación de Tributos, que se tramita en la Asamblea Nacional con el carácter de económico urgente y cuyo primer debate está previsto para este 20 de diciembre de 2016.

 

Pablo Arosemena, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, explicó lo que significa el cartel. "La guindola simboliza la unidad empresarial y es el eco de las familias ecuatorianas que no soportan más impuestos". También cree que "esta ley es mala, en el sentido que pasma la actividad económica que ya está reducida por tributos y cambios en las reglas. Aspiramos a que el Gobierno se sensibilice con el clamor de los sectores productivos y de las familias ecuatorianas".

 

En el mismo sentido se pronunciaron Enrique Pita y Francisco Alarcón, titulares de las cámaras de la Construcción y de Industrias de Guayaquil, respectivamente.

 

 

En el artículo 13 del documento, que tiene 14 páginas, se propone el pago del 75 por ciento sobre la ganancia extraordinaria de bienes valorados en más de 24 salarios básicos unificados (el salario actual es de 366 dólares), es decir desde 8.784 dólares, en adelante. En tanto, que los valorados en menos de esos 24 salarios básicos, no deben pagar nada.

 

En el informe, elaborado por la Comisión de Gobiernos Autónomos, se incluye a los fideicomisos o sociedades dedicadas a la promoción inmobiliaria y construcción dentro del objeto imponible del impuesto y se incentiva a los ciudadanos que de forma voluntaria realicen la actualización de los avalúos. Es decir, que los contribuyentes que realicen de forma voluntaria la actualización de avalúos de sus predios dentro del año siguiente de la promulgación de la ley, pagarán durante dos años siguientes, el impuesto sobre los predios urbanos y rurales según la base utilizada hasta antes de la actualización.

 

 

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