El informe que recomienda la salida de Ecuador del Estatuto Migratorio con Venezuela fue aprobado en la Asamblea

Ocurrió en la Comisión de Relaciones Internacionales. El documento fue elaborado tras recibir la solicitud de trámite legislativo remitida por el presidente Daniel Noboa Azín.
La fachada edificio Asamblea Nacional, en Quito. ()
15 ago 2025 , 21:45
Diego Bravo

Con seis votos de respaldo, la Comisión de Relaciones Internacionales y Movilidad Humana de la Asamblea Nacional aprobó el informe que recomienda la denuncia, o salida, del Estatuto Migratorio entre el Estado Ecuatoriano y la República Bolivariana de Venezuela.

La sesión se dio la tarde y noche de este viernes 15 de agosto de 2025. El informe fue elaborado tras recibir la solicitud de trámite legislativo remitida por el presidente de la República, Daniel Noboa Azín, el pasado 1 de agosto de 2025.

Previo a su aprobación de hoy, Gandhi Vela, asesor legal de la comisión, expuso que la denuncia de un tratado no tiene que ver con la connotación legal del término, sino con la opción de dejar de ser parte de un tratado internacional. Recordó que la denuncia y la ratificación de un instrumento internacional, requiere aprobación parlamentaria, según establece el artículo 419 de la Constitución.

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El Estatuto Migratorio entre Ecuador y Venezuela

Fue suscrito entre ambos países, el 6 de julio de 2010, en Caracas. El 23 de agosto del 2024 se hizo un proceso de regularización de venezolanos residentes en el Ecuador, por lo que se suspendieron varias fuentes de financiamiento dentro de los programas migratorios vinculados a este tratado, por lo que se solicitó el proceso de denuncia remitido por el Ejecutivo, explicó Vela.

Informó también que, en mesas técnicas realizadas el martes 12 y miércoles 13 de agosto se analizó el instrumento y se determinó que ya no cumple con el objetivo para el que fue creado y tiene cargas económicas para el Estado, por lo que procede su denuncia sin que esto signifique suspender o violar derechos humanos reconocidos internacionalmente.

En su parte resolutiva, el documento explica que -según el artículo 416 de la Constitución de la República- Ecuador orienta sus relaciones internacionales bajo el respeto de los derechos humanos y el derecho internacional, y tiene la posibilidad de terminar o denunciar instrumentos cuando así lo requiera el interés nacional.

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