El proyecto de Ley de Consulta Popular regresa a la Comisión de Garantías Constitucionales
El Pleno de la Asamblea Nacional conoció, el 9 de septiembre, el informe para primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Consulta Popular.
La propuesta contó con un informe emitido por la Comisión de Garantías Constitucionales, Derechos Humanos, Derechos Colectivos y la Interculturalidad, que recomendaba al Pleno el archivo del documento.
El análisis de la mesa legislativa determinó que la consulta popular ya está normada en el Código de la Democracia y que "carece de estudios técnicos para su implementación".
El proyecto volverá a Comisión de Garantías Constitucionales
Tras un breve debate, fue el mismo legislador ponente, Héctor Valladarez, quien presentó una corrección y mocionó que el proyecto de Ley regrese a la Comisión de Garantías Constitucionales.
Niels Olsen, presidente del Legislativo, cerró el debate y dispuso que el proyecto regrese a la mesa legislativa para la elaboración del informe de segundo debate.
Criterios divididos sobre el archivo del proyecto
El legislador Héctor Valladarez fue el ponente del proyecto y, aunque resaltó la importancia de normas para la consulta popular, reiteró que la mayoría de normas que se proponen en el proyecto de Ley, ya son parte del Código de la Democracia.
"La consulta popular es reconocida por nuestra Constitución", agregó el legislador, a la par que sugirió el archivo de la propuesta. Sin embargo, aclaró que como legislatura no deben "dejar ahí el proceso", sino que es necesario reconocer que la normativa adolece de vacíos que se deben regular.
Por ello, anunció su compromiso de continuar con un proceso participativo, que se adapte a la realidad ecuatoriana, para suplir los vacíos y hacer que la consulta popular responsa a las demandas ciudadanas. También propuso fortalecer el Código de la Democracia, para suplir las falencias.
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Al respecto, la asambleísta Paola Cabezas, aseguró que el Código de la Democracia y la Ley de Participación Ciudadana son "insuficientes", pues regulan de forma general, pero no atienden puntos clave, como los procedimientos diferenciados para consultas que provienen del Ejecutivo, GADS y la ciudadanía. Tampoco definen límites sobre gasto público, entre otros aspectos.