Consulta popular y referéndum 2025: estas son las multas por no votar o no presentarse como miembro de mesa
A medida que se aproxima la consulta popular convocada por el Consejo Nacional Electoral (CNE) hay que tener en cuenta que ejercer el derecho al voto es obligatorio en el Ecuador y existen implicaciones legales también económicas para quienes no acudan a ejercer este derecho.
De acuerdo con el Código de la Democracia, el voto es obligatorio para los ciudadanos de entre 18 y 64 años de edad, y facultativo para los mayores de 65 año, los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional en servicio activo, las personas con discapacidad y los jóvenes de entre 16 y 18 años.
Multas y sanciones
El CNE informó que los ciudadanos que no participen en el proceso electoral deberán pagar una multa equivalente al 10 % del Salario Básico Unificado (SBU), que en 2025 asciende a USD 47.
En el caso de los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (JRV), las sanciones son mayores. Quienes no asistan a cumplir con su deber electoral deberán pagar el 15 % del SBU (aproximadamente 70 dólares). Si un miembro abandona sus funciones durante la jornada electoral, la multa puede variar entre 11 y 20 SBU, lo que representa una sanción de varios miles de dólares.
Asimismo, la inasistencia a las capacitaciones obligatorias para miembros de mesa será sancionada con el 10 % del SBU, según lo establecido por el CNE.
Restricciones por incumplimiento
El organismo electoral advirtió que quienes mantengan multas pendientes no podrán realizar diversos trámites administrativos hasta regularizar su situación. Entre las restricciones se incluyen la imposibilidad de:
Para verificar si un ciudadano mantiene multas, el CNE dispone del servicio en línea Consulta de multas electorales disponible en su portal oficial desde la misma plataforma, es posible realizar el pago en línea mediante los canales autorizados.
Excepciones y justificaciones
El Código de la Democracia contempla situaciones excepcionales en las que un elector puede justificar su inasistencia a las urnas. Estas deben estar debidamente documentadas y presentarse ante el CNE dentro del plazo establecido después del proceso electoral. Las principales causales son:
Enfermedad comprobada mediante certificado médico válido.
Calamidad doméstica grave, ocurrida el día o inmediatamente antes de las elecciones.
Imposibilidad física o legal para desplazarse, como hallarse fuera del país, estar privado de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada o encontrarse en zonas afectadas por emergencias. Una vez aprobada la justificación, el ciudadano quedará exento de la multa correspondiente.
Quienes no presenten justificación válida deberán cancelar las multas establecidas para mantener la vigencia de sus derechos políticos y civiles. El pago puede efectuarse en línea o en las ventanillas físicas autorizadas por el CNE.
Aunque tener multas no impide participar en futuros procesos electorales, el incumplimiento reiterado puede generar limitaciones administrativas y legales.
El Consejo Nacional Electoral exhorta a la ciudadanía a cumplir con su deber cívico, recordando que la participación electoral es un pilar fundamental del sistema democrático. La consulta popular de noviembre de 2025 representa, según la entidad, una oportunidad para que los ecuatorianos expresen su voluntad sobre temas trascendentales para el país.