11 oct 2023 , 11:54

La Corte Provincial de Manabí ordena el arresto de la exjueza de Montecristi que liberó a 25 detenidos

Este miércoles se notificó a la Policía Nacional para que localice y capture a la mujer.

La exjueza de Montecristi, Gina Zambrano Zambrano, quien liberó de forma injustificada a 25 detenidos por delitos graves, entre ellos dos sujetos acusados de femicidio, debe cumplir prisión preventiva desde este miércoles 11 de octubre, pues existe una investigación en su contra por el delito de prevaricato.

A Zambrano le formularon cargos oficialmente este martes. El presidente de la Corte Provincial de Justicia de Manabí dispuso su arresto. Según consta en el portal de la Función Judicial, este miércoles se notificó a la Policía Nacional para que localice y capture a la mujer.

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El pasado 3 de octubre el Consejo de la Judicatura destituyó a la entonces funcionaria porque cometió "error inexcusable". Se determinó que liberó a 25 personas en varias provincias por sicariatos, delitos sexuales y femicidios. El caso abierto por la Fiscalía General del Estado (FGE) en contra de la exjueza es justamente por la liberación de dos femicidas, en marzo de 2023.

Zambrano otorgó medidas cautelares que permitieron la excarcelación de Carlos Flores, quien cumplía una pena de 35 años, y Luis Cordero, quien tenía una condena de 34 años y ocho meses. Ambos estaban recluidos en la cárcel de Azogues por dos femicidios.

Flores confesó haber matado a Cristina Palacio, en Cuenca, en 2017. Incluso dijo que había lanzado su cuerpo a un río. En 2020 fue sentenciado otra vez por ingresar artículos prohibidos a la cárcel de de Turi, donde estuvo recluido los primeros años.

En cambio, Cordero estaba preso por el asesinato de su esposa, Bertha Minchala, en noviembre de 2016. Este crimen también ocurrió en Cuenca.

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Por otra parte, Zambrano tiene prohibido enajenar bienes "para asegurar una posible multa y reparación integral", detalló la FGE, en un comunicado.

El delito de prevaricato se encuentra tipificado en el artículo 268 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y es sancionado con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

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