16 may 2022 , 19:57

Mujer o "persona menstruante" en Chile ¿Qué dice el proyecto que se ha vuelto polémico?

Diputados critican término ideológico, pero hay más en el contenido que ahora está en el Senado

El Congreso chileno aprobó un nuevo proyecto de Ley que busca omitir la palabra mujer y reemplazarla por el término "persona menstruante". Con dicha aprobación, la iniciativa ahora pasa al Senado.

Con la idea legislativa se quiere imponer en el parlamento la "neolengua progre", gracias a la coalición del presidente Gabriel Boric.

Así lo dijo la diputada Chiara Barchesi. Su partido, los republicanos, emitieron un comunicado en el que dicen: "Para avanzar en la protección integral de las mujeres, resulta fundamental su reconocimiento explícito en esta Ley. De modo contrario, se respalda el “neolenguaje queer”.

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De acuerdo con la diputada Emilia Schneider, el término "mujer" sería manipulado en favor de hombres trans, personas no binarias, queer, u otras variantes de género, quienes biológicamente han nacido con sexo femenino, pero no se identifican con él.

Por su parte, la diputada republicana Chiara Barchiesi manifestó que se trata de un "proyecto ideológico. Controlando el lenguaje controlas el pensamiento", argumentando que las mujeres "han sido borradas e invisibilizadas cuando son las únicas que atravesamos el proceso biológico de la menstruación".

¿QUÉ DICE EL PROYECTO DE LA PERSONA MENSTRUANTE?

El proyecto fue ingresado en septiembre de 2021 por la entonces diputada Maya Fernández y contó con firmas de sectores transversales en la Cámara Baja.

El artículo plantea que "el Estado de Chile reconoce que todas las personas con capacidad para menstruar, independientemente de su condición, son titulares del derecho a una gestión menstrual libre y digna".

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"Es deber del Estado apoyar, favorecer y promover las diversas políticas públicas que se generen para su adecuado ejercicio", agrega.

Así mismo, detalla que el Estado debe:

a) Fomentar una buena salud y gestión menstrual para contribuir al bienestar de las personas con capacidad para menstruar y promover, de esta manera, la equidad de género.

b) Facilitar el derecho al acceso a productos de gestión menstrual que sean sometidos a un estricto control de calidad con el fin de asegurar que no contengan agentes dañinos que afecten al bienestar de las personas con capacidad para menstruar.

c) Fomentar la implementación, para toda la población, de programas de acceso al conocimiento e información veraz y adecuada sobre la menstruación y sus vínculos con la salud.

d) Propender a la erradicación de ideas preconcebidas que puedan dar lugar a tabúes y sesgos en relación con la menstruación.

e) Promover el uso de productos de gestión menstrual sustentables.

f) Facilitar la capacitación de los profesionales de la educación sobre los distintos elementos de la salud y gestión menstrual.

A la par, el proyecto define como productos de gestión menstrual a aquellos que sean exclusivamente aptos para su utilización durante la menstruación.

Por otro lado, agrega que estos productos se deberán considerar incluidos dentro de los insumos requeridos para la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud de Chile.

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