08 feb 2017 , 05:33

Tribunal dispone que Ecuador pague más de $ 379 millones a petrolera Burlington

La Procuraduría indicó en un comunicado que pedirá la anulación del fallo internacional.

Este miércoles el Tribunal Arbitral internacional decidió sobre la demanda de la compañía Burlington Resources Inc contra el Estado ecuatoriano. En 2008, la petrolera rechazó la aplicación de la Ley 42, alegando que se pretendía apropiarse de activos de la compañía en el país. 

Según esta norma las petroleras debían entregar al Estado al menos 50% de los ingresos de las ganancias extraordinarias por el incremento en el precio del crudo ecuatoriano.

Lo cierto es que hoy el Tribunal, conformado por los árbitros Gabrielle Kaufmann-Kohler (presidente) y Briggitte Stern y Stephen Drymer (coárbitros), indicó que el Estado ecuatoriano deberá pagar como compensación a la petrolera $ 379´802.267 más intereses.

Según el comunicado emitido por la Procuraduría General del Estado, el Tribunal limitó la compensación en el 22% de lo pedido inicialmente.

Además aceptaron la contrademanda del Ecuador y declaró que Burlington es responsable de los costos relativos a la restauración ambiental y a la remediación de la infraestructura de los Bloques 7 y 21, por los daños ocasionados por la inversionista y su socia en la operación. 

Por estos "daños", se condena a la petrolera el pago de $ 41´ 776.492 a Ecuador. 

Pese a la "rebaja" en la demanda, la Procuraduría anunció que pedirá la anulación del laudo puesto que según ellos el Tribunal incurre en alguna causales de anulación previstas en el convenio CIADI. Señalan detalles como exceso de poder,  falta de motivación de las decisiones adoptadas, además de quebrantamiento de las normas de procedimiento en perjuicio de los intereses del Estado ecuatoriano.

El procurador Diego García reiteró, a través de un comunicado, su "preocupación por las inconsistencias del sistema de arbitraje de inversión, que siempre busca una forma de compensar al inversionista, incluso rebasando los límites de la competencia arbitral y de la aplicación del derecho interno". 

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